Capítulo IV: El proceso de profundización democrática: el encuentro con la otredad indígena - La otredad indígena en los procesos constituyentes en Colombia 1991, Venezuela 1999, Ecuador 2008 y Bolivia 2009 - Libros y Revistas - VLEX 950980752

Capítulo IV: El proceso de profundización democrática: el encuentro con la otredad indígena

Páginas131-216
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capítulo iv
el proceso de profundización democrática:
el encuentro con la otredad indígena
4.1. hIStorIa de coNvulSIoNeS y de deSajuSteS
INStItucIoNaleS de laS repúBlIcaS poScoloNIaleS
a deScoloNIaleS
Las vicisitudes en los ajustes del modelo institucional y
democrático libertario son la constante en la implemen-
tación del modelo de Estado-nación, en el que la naciente
oligarquía asumirá los liderazgos de los partidos. El déficit
democrático se hace presente en la historia republicana
dejando estrechos marcos de legitimidad en la toma de
decisiones de los diferentes gobiernos. La transformación
de los partidos políticos, que no representan a todos los
electores, y la desconfianza de los electores hacia los partidos
tradicionales, más otras situaciones de coyuntura econó-
mica, corrupción y falta de transparencia, aumento de la
criminalidad, hace que el cuadro político e institucional, a
finales del siglo xx y comienzos del siglo xxI, vaya marcando
la necesidad de cambios de orden político e institucional,
y de una profundización de la democracia en Colombia,
Venezuela, Ecuador y Bolivia.
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4.2. colomBIa, loS avatareS
de uNa hIStorIa coNflIctIva
En el siglo xIx en Colombia cada nueva constitución política
fue consecuencia de una guerra civil, y la causa de otra, al
decir de Valencia Villa1, y las constituciones o sus reformas
parecen copias de las anteriores. La Constitución de Núñez
de 1886, supérstite por más de una centuria, consolida en
el siglo xx un bipartidismo que se tornará hegemónico,
que excluye alternativas políticas y la construcción de una
sociedad plural y cohesionada en su diversidad.
Para el constitucionalista L. Rodríguez, en la evolución
de la política de Colombia, el referente de contienda que
debía imponerse era: o sistema federal o unitario de Estado2,
este último abanderado por los nacientes partidos políticos
liberal y conservador. De ahí que el siglo xIx se enmarcó, en
palabras de A. Hernández, en la forma de Estado3, motivo
de grandes convulsiones y guerras civiles entre centralistas
y federalistas. La idea federal sucumbirá en 1886, con la
existencia de una Constitución de carácter unitario y cen-
tralista que, además, perduraría por 105 años.
En 1991 Colombia hará un nuevo tránsito constitucional
que responde a los grandes cambios que requiere el país en
ese momento, manteniendo la forma de Estado unitario, des-
1 valeNcIa vIll a, Hernán. Cartas de batalla. Una crítica al constitucionalismo
colombiano. Bogotá: Editorial Panamericana, 2017, p. 175.
2 rodríguez r., Libardo. Estructura del poder público en Colombia. 11ª edición.
Bogotá: Editorial Temis, 2009, pp. 17-18.
3 “El ordenamiento territorial del Estado es un aspecto fundamental de la
vida nacional que no ha podido conciliar la voluntad de los colombianos
desde los primeros tiempos de la República hasta nuestros días. Fue el factor
desencadenante de las guerras civiles endémicas durante el siglo xIx […], y
causa principal de las convulsiones constitucionales de entonces” (herNáNdez
Becerra, Augusto. Ordenamiento territorial colombiano o la tela de Penélope.
En: Ordenamiento y desarreglo territorial en Colombia. Temas de derecho público,
núm. 68. Bogotá: Universidad Externado de Colombia, Instituto Carlos
Restrepo P., 2013, pp. 87-88.
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centralizado y con autonomía de sus entidades territoriales.
Las vicisitudes territoriales, sin perder su importancia, cede-
rán ante la afluencia de otros grandes problemas nacionales
de fines del siglo xx, los que habían quedado ocultos en el
ambiente de la modernidad; necesidades de inclusión que
comenzaron a aflorar para encontrar un marco institucional
estrecho que hundía sus raíces, más de cien años atrás, en
la regeneración. La Constitución Política de 1991 abriría los
espacios políticos e institucionales al otro excluido, en este
caso, a los grupos étnicos, ampliando los márgenes de la co-
munidad política y reconociendo a los indígenas con normas
de rango constitucional desde los principios fundantes, y
derechos que barnizan el quehacer institucional.
4.2.1. El reconocimiento constitucional
de los indígenas en Colombia
El momento constituyente de 1991 tuvo una historia que
involucró aspectos sociales, económicos y políticos muy
fuertes. De aquella álgida época solo rescataré algunos as-
pectos para los fines de este documento. Destrabar el sistema
político tardó décadas en Colombia, en razón a que existía
un elemento constitucional que había cerrado el candado de
lo político y tirado la llave de la participación del pueblo a
través del poder constituyente. En 1957, mayoritariamente,
la población había aprobado un plebiscito que circunscribía
la reforma constitucional al poder constituido, es decir, al
Congreso de la República tal y como lo establecía al respecto
la propia Constitución en su artículo 218. El plebiscito había
sido convocado por la Junta Militar de Gobierno4, mediante
el Decreto Legislativo No. 0247de 1957, dejando por fuera
4 Presidente de la Junta, mayor general Gabriel París G.; contralmirante Rubén
Piedrahita A., brigadier general Rafael Navas P., brigadier general Luis E.
Ordoñez. El Decreto, igualmente, aparece rubricado por todos los ministros.

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