Capítulo segundo: Sobre el derecho procesal germano y especialmente sobre los fundamentos de la presunción - Primera parte - Las presunciones en el Derecho - Libros y Revistas - VLEX 1030103324

Capítulo segundo: Sobre el derecho procesal germano y especialmente sobre los fundamentos de la presunción

Páginas39-47
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LAS PRESUNCIONES EN EL DERECHO
CAPÍTULO SEGUNDO
SOBRE EL DERECHO PROCESAL GERMANO
Y ESPECIALMENTE SOBRE LOS
FUNDAMENTOS DE LA PRESUNCIÓN
DE UNA RELACIÓN JURÍDICA
[ABREVIATURAS:Ssp. = Sachsenspiegel Landrecht; Richtst. = Richtsteig Landrechts.󰜕
GRIMM =Weistümer, gesammelt vonJAKOB GRIMM,Göttingen, 1840 ss.󰜕FRANKLIN =Sententiae
curiae regiae. Rechtssprüche des Reichshofes im Mittelalter, Hannover, 1870.󰜕FRIESE = FRIE-
SE UND LIESEGANG,Die Madeburger Schöffensprüche, Berlin, 1901, vol. I.󰜕BRUNNER=Deutche
Rechtsgeschichte, vol. I (1887) y II (1892).󰜕HUBER =Die Bedeutung der Gewere im deutschen
Sachenrecht. Festehrift Bern., 1894. 󰜕 LABAND =Die vermögensrechtlichen Klagen nach den
Sächsischen Rechtsquellen des Mittelalters, Könisberg, 1869. 󰜕 PLANCK (sin otra indica-
ción) = Das deutsche Gerichtsverfahren im Mittelalter, Braunschweig, 1879].
§8. La admisión de prueba se apoya en presunciones vulgares, que poco a poco
se condensan en reglas de derecho consuetudinario
En las fuentes alemanas es desconocida la presunción como concepto jurídico.
Las redactadas en latín contienen la palabra «praesumere» solo en la acepción de
«atreverse a algo», de «arrogarse un derecho» (1), y en las obras de lengua alemana la
palabra «Vermutung » no surge hasta que la romana praesumtio ha sido introducida,
es decir, sencillamente como un vocablo latino traducido(2).
Esto no obstante, el examen del der echo germano no es infructuoso para la
doctrina de la presunción. Hallamos precisamente aquí el fundamento de una cate-
goría de presunciones que nuestro Códig o civil admite n uevamente, o sea la pre-
sunción de una relación jurídica, y el fundamento también de la formación paralela
de la fuerza legitim adora de ciertos hechos. Ese fundam ento fue creado por la
estructura general del procedimien to germánico(3 ).
(1) Cfr. supra, § 1, n. 2, y GENGLER,German. Rechtsdenkmäler, Erlangen, 1875, en el glosario, bajo
los e pígrafes praesumere, praesumptio, praesumtuosus, praesumtivus, praesumtor.
(2) Ejem plo: D er Recht enspi egel de G OBLER, d el año 155 0, títu lo «Von Pr äsump tion und
Vermutung», reproducción de la doctrina del derecho común.
(3) Cfr. para lo que sigue: BAR,Das Beweisurteil des germanischen Proz esses, Hannover, 1 866; v.
las co nclusiones en las p. 41 ss., 233, 236. PLANCK,Die Lehre vem Beweisur teil, Göttingen,
1848, especialm. §§ 5-9. También PLANCK, II, § 124; LABAND, especialm. §§ 2-9, 11, 23 y 38,
y, como complemento, STOBBE, en Kr. V.J. S., t. XI, p. 234 ss.

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