Cargos de elección popular - Sanciones administrativas a los partidos y movimientos políticos - Libros y Revistas - VLEX 972304227

Cargos de elección popular

AutorJairo Fabian Corzo Ordoñez
Páginas57-74
III. CARGOS DE ELECCIÓN POPULAR
Siguiendo un orden descendente, en Colombia, los cargos
de elección popular son:
1. PRESIDENTE Y VICEPRESIDENTE DE LA
REPÚBLICA
El ordenamiento jurídico colombiano se ha caracterizado
históricamente por disponer de un régimen presidencialista,
en el que la gura del presidente de la República no solo
cuenta con funciones de jefe de Estado y de Gobierno, sino a
la vez con competencias relativas a la condición de máxima
autoridad administrativa1, simbolizando de esta manera la
unidad nacional.
En ese sentido, el artículo 189 de la Carta Política de 1991
agolpa las principales funciones de este servidor del Estado,
en esa triple calidad mencionada:
“Corresponde al Presidente de la República como Jefe
de Estado, Jefe del Gobierno y Suprema Autoridad Ad-
ministrativa:
1. Nombrar y separar libremente a los Ministros del
Despacho y a los Directores de Departamentos Ad-
ministrativos.
1 Artículo 189 constitucional: “Corresponde al Presidente de la Repú blica como
Jefe de Estado, Jefe del Gobierno y Suprem a Autoridad Administ rativa…”.
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2. Dirigir las relaciones internacionales. Nombrar a los
agentes diplomáticos y consulares, recibir a los agentes
respectivos y celebrar con otros Estados y entidades
de derecho internacional tratados o convenios que se
someterán a la aprobación del Congreso.
3. Dirigir la fuerza pública y disponer de ella como
Comandante Supremo de las Fuerzas Ar madas de la
República .
4. Conservar en todo el territorio el orden público y
restablecerlo donde fuere turbado.
5. Dirigir las operaciones de guerra cuando lo estime
conveniente.
6. Proveer a la seguridad exterior de la República,
defendiendo la independencia y la honra de la Nación
y la inviolabilidad del territorio; declarar la guerra
con permiso del Senado, o hacerla sin tal autoriza ción
para repeler una agresión extranjera; y convenir y
raticar los tratados de paz, de todo lo cual dará
cuenta inmediata al Congreso.
7. Permitir, en receso del Senado, previo dictamen del
Consejo de Estado, el tránsito de tropas extranjeras
por el territorio de la República.
8. Instalar y clausurar la s sesiones del Congreso en cada
legislatura.
9. Sancionar las leyes.
10. Promulgar las leyes, obedecerlas y velar por su
estricto cumplimiento.
11. Ejercer la potestad reglamentaria, mediante la
expedición de los decretos, resoluciones y órdenes
necesarios para la cumplida ejecución de las leyes.
12. Presentar un informe al Congreso, al iniciarse cada
legislatura, sobre los actos de la Administración,
sobre la ejecución de los planes y programas de
desarrollo económico y social, y sobre los proyectos

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