Carlos Gustavo Arrieta Padilla: 'La decisión de pasar a la ofensiva fue una determinación estratégica consciente de la defensa colombiana - Núm. 10, Junio 2022 - Industria Legal - Libros y Revistas - VLEX 909455795

Carlos Gustavo Arrieta Padilla: 'La decisión de pasar a la ofensiva fue una determinación estratégica consciente de la defensa colombiana

Páginas10-12
LIR COLOMBIA VOL Nº10
10
Hemos visto diversas reacciones sobre el
sentimiento de satisfacción expresado por
la delegación colombiana frente al fallo de
la Corte Internacional de Justicia (CIJ) del
21 de abril de 2022 (Colombia v. Nicaragua).
¿Podría explicarnos por qué, en el agregado, la
decisión es satisfactoria para Colombia?
Colombia corría riesgos muy grandes en el
proceso sobre supuestas violaciones de los
derechos y espacios marítimos de Nicaragua.
Ese país había solicitado a la Corte, entre
muchas otras cosas, que declarara que nuestro
país había incumplido el fallo emitido por
la Corte en noviembre de 2012, que debía
reconocer los límites impuestos por esa
decisión, inaplicar la sentencia C-269 de 2014
de la Corte Constitucional colombiana, que no
podía hacer presencia en la zona asignada a
Nicaragua, que debía revocar la zona contigua
integral y que debía indemnizar a Nicaragua por
los daños y perjuicios que le había ocasionado a
ese país.
Si bien es cierto que la Corte declaró que
Colombia había violado algunos derechos de
Nicaragua y algunas obligaciones a la luz del
derecho internacional, también lo es que no
declaró que Colombia hubiera incumplido el
fallo, ni que tuviera que inaplicar la sentencia
Carlos Gustavo Arrieta Padilla:
Carlos Gustavo Arrieta Padilla, fundador de la
rma Arrieta Mantilla & Asociados, es uno de los
agentes de Colombia ante la Corte Internacional
de Justicia en los litigios contra Nicaragua.
En esta edición de LIR Colombia, el abogado
nos habla sobre el fallo emitido respecto a los
espacios marítimos, la demanda por trazado
de líneas bases, la estrategia de la defensa
colombiana y los próximos pasos de cara a una
nueva controversia con Nicaragua.
“La decisión de pasar a la ofensiva
fue una determinación estratégica
consciente de la defensa colombiana”
C-269, ni que tuviera que reconocer unos
límites determinados, ni que la Armada Nacional
no pudiera hacer presencia ocasional o
permanente en la zona, ni que tuviera que pagar
indemnización alguna a Nicaragua.
Aunque la Corte solicitó a Colombia reducir el
área de la zona contigua integral y limitarse a
ejercer en ella los derechos conferidos por el
derecho internacional, mantuvo más del 90%
de su extensión y conservó la esencia de la
zona contigua integral como instrumento de
reunicación del Archipiélago de San Andrés,
Providencia y Santa Catalina.
Por esas razones, la delegación Colombiana
se declaró satisfecha. Si bien el resultado
obtenido conllevó un cuestionamiento para el
país, la Corte reconoció muchos derechos que
Colombia reclamaba y emitió una decisión que
fue muchísimo menos grave para el país de lo
que habría podido ser.

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