Carta 19 - 31 de Diciembre de 1999 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43130855

Carta 19

EmisorUnidades Administrativas Especiales - Contaduría General de la Nación
Número de Boletín43837

DIARIO OFICIAL 43.837 CARTA 19 31/12/1999 Carta Circular número 19 Santa Fe de Bogotá D. C., 27 de noviembre de 1999 Señores: Representantes Legales, Jefes de Areas Financieras, Jefes de Contabilidad, Contadores y Revisores Fiscales de los Entes Públicos de los niveles nacional y territorial, de los sectores central y descentralizado. Asunto: 340 Sistema de Ajustes Integrales por Inflación. Apreciados señores: Este Despacho, en cumplimiento de sus funciones legales y en particular las establecidas en el literal a) del artículo 3º, de la Ley 298 del 23 de julio de 1996 y el literal a) del artículo 2º del Decreto 1914 de 1996, se permite impartir las instrucciones relacionadas con el tratamiento contable que deben observar las entidades públicas sujetas a la aplicación de los ajustes integrales por inflación, de acuerdo con lo estipulado en los artículos 11 y 154 de la Ley 488 de 1998. Diferenciación de los efectos contables y tributarios Como consecuencia de los cambios estipulados por la Ley 488 de 1998 en sus artículos 11 y 154, en materia de la aplicación de los ajustes integrales por inflación específicamente a las partidas de inventarios, ingresos, costos y gastos, me permito efectuar los siguientes comentarios: Para la Contaduría General de la Nación existe una clara diferenciación entre los efectos tributarios de la norma en comento y los contables, según la cual, mientras los primeros se encaminan a determinar la base gravable, los segundos apuntan a reconocer y revelar la realidad económica de los hechos y transacciones que adelantan los entes públicos. En este sentido se admite, como norma general aplicable a las entidades públicas, la utilización del método de valuación del "costo reexpresado" bajo la modalidad de ajustes parciales por inflación, exceptuando las empresas industriales y comerciales de estado, sociedades de economía mixta y demás entes públicos que, en...

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