Carta Circular 0051 - 11 de Abril de 2002 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43174510

Carta Circular 0051

EmisorSuperintendencias - Superintendencia Nacional de Salud
Número de Boletín44765

Para: Direcciones distritales, departamentales y municipales de salud, instituciones prestadoras de servicios de salud, empresas promotoras de salud y las que se asimilen

De: Superintendencia Nacional de Salud

Asunto: Acuerdo 83 de 1997 y Acuerdo 106 de 1998

Fecha: 1° de abril de 2002.

La Superintendencia Nacional de Salud en ejercicio de sus facultades legales y reglamentarias, en especial la s conferidas en el Decreto 1259 de 1994 y conocedora de la negativa de algunas Direcciones Distritales, Departamentales y Municipales de Salud, Instituciones Prestadoras de Salud, Entidades Promotoras de Salud y las que se asimilan, de dar cumplimiento a la obligatoriedad de utilizar denominaciones comunes internacionales (nombres genéricos), en la prescripción y dispensación de medicamentos, se ve en el deber legal de reiterar la responsabilidad que tienen dichas Instituciones de adoptar las disposiciones contenidas en el Manual de Medicamentos del Sistema General de Seguridad Social en Salud, y en los términos contemplados en el acuerdo 83 del 23 de diciembre de 1997 y su modificatorio 106 del 30 de julio 1998.

Para el efecto las Direcciones Distritales, Departamentales y Municipales de Salud, las Instituciones Prestadoras de Salud, Entidades Promotoras de Salud, tendrán en cuenta el artículo 13 de la Resolución 5261 de 1994, el cual establece que la formulación y despacho de medicamentos deberá ceñirse a los medicamentos autorizados en el Manual de...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR