Carta Circular 028 - 14 de Octubre de 1999 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43294738

Carta Circular 028

EmisorSuperintendencias - Superintendencia Nacional de Salud
Número de Boletín43742

DIARIO OFICIAL 43.742 CARTA CIRCULAR 028 06/10/1999 Carta circular número 028 de 1999. Para: Direcciones Seccionales, Distritales y Municipales, Representantes Legales de Entidades Promotoras de Salud, Empresas de Medicina Prepagada, Administradoras del Régimen Subsidiado, Entidades Adaptadas y Aseguradoras que prestan el seguro obligatorio de accidentes de tránsito que tienen convenios, contratos o acuerdos con la Fundación Hospital San Juan de Dios de la ciudad de Santa Fe de Bogotá. (La Hortúa). De: Superintendente Nacional de Salud. Asunto: Garantía en la prestación de servicios de salud a sus afiliados. Fecha: Octubre 6 de 1999. La Superintendencia Nacional de Salud en ejercicio de sus atribuciones legales y en especial las conferidas por el Decreto 1259 de 1994 y con el propósito de hacer efectivos los principios de equidad, solidaridad, obligatoriedad, eficiencia, unidad y calidad contenidos en la Ley 100 de 1993 y teniendo en cuenta la situación financiera de la Fundación Hospital San Juan de Dios de la ciudad de Santa Fe de Bogotá (La Hortúa), que la han colocado en estado crítico, se permite con carácter urgente e inmediato, hacer las siguientes indicaciones frente a esta contingencia: 1. Todas las entidades indicadas deben avaluar y bajo su total responsabilidad tomar la decisión del traslado de sus pacientes, si las condiciones de atención lo ameritan, y adoptar las medidas que consideren más adecuadas, a fin de asegurar que en todos los casos, exista comunicación efectiva 24 horas, a fin de garantizar en cada caso particular, a qué entidades de su red de servicios deben ser referidos sus pacientes, excluyendo en todo caso la remisión a la Fundación Hospital San Juan de Dios de Santa Fe de Bogotá (La Hortúa). 2. Todas las entidades mencionadas adoptarán las medidas apropiadas necesarias para garantizar que no exista contrarreferencia de pacientes a la Fundación Hospital San Juan de Dios de...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR