Carta Circular 62 - 1 de Febrero de 2005 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43218698

Carta Circular 62

EmisorUnidades Administrativas Especiales - Contaduría General de la Nación
Número de Boletín45809

Señores:

Representantes Legales, Jefes de Areas Financieras, de Control Interno, de Contabilidad y Contadores de los entes públicos de los sectores central y descentralizado de los niveles nacional y territorial.

Referencia: Consignación del valor para solicitar el Certificado del Boletín de Deudores Morosos del Estado (BDME).

Apreciados señores:

Con el fin de ampliar las posibilidades para consignar la suma que se requiere para solicitar la expedición del Certificado del BDME a la persona natural o jurídica que lo requiera, se habilitó una nueva cuenta en el Banco Agrario de Colombia. Para dichos efectos, el interesado deberá pagar un derecho igual al tres por ciento (3%) del salario mínimo mensual legal vigente ($11.445.00 para el año 2005), teniendo en cuenta la siguiente información:

ENTIDAD FINANCIERA BANCO AGRARIO DE COLOMBIA

NUMERO DE CUENTA CORRIENTE 302300000270

NOMBRE DE LA CUENTA DTN - Certificados Boletín Deudores Morosos

FORMULARIO RECAUDO DE CONVENIOS

VALOR A CONSIGNAR 3% DEL SMMLV ($11.445.00 AÑO 2005)

NOMBRE DEL DEPOSITANTE NOMBRE DE LA PERSONA NATURAL O JURIDICA QUE REQUIERA EL BDME

CODIGO DEL CONSIGNANTE NUMERO DE...

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