Carta de comentarios Asociación Colombiana de Derecho de la Competencia - Asociación Colombiana de Propiedad Intelectual - Centro de Estudios de Derecho de la Competencia - Instituto Colombiano de Derecho del Consumo Proyecto de ley número 338 de 2023 Cámara, 274 de 2023 Senado, por el cual se expide el Plan Nacional de Desarrollo 2022-2026. Colombia potencia mundial de la vida - 9 de Mayo de 2023 - Gaceta del Congreso - Legislación - VLEX 932648772

Carta de comentarios Asociación Colombiana de Derecho de la Competencia - Asociación Colombiana de Propiedad Intelectual - Centro de Estudios de Derecho de la Competencia - Instituto Colombiano de Derecho del Consumo Proyecto de ley número 338 de 2023 Cámara, 274 de 2023 Senado, por el cual se expide el Plan Nacional de Desarrollo 2022-2026. Colombia potencia mundial de la vida

Fecha de publicación09 Mayo 2023
Número de Gaceta443
CARTAS DE COMENTARIOS
DIRECTORES:
IMPRENTA NACIONAL DE COLOMBIA
www.imprenta.gov.co
SENADO Y CÁMARA
AÑO XXXII - Nº 443 Bogotá, D. C., martes, 9 de mayo de 2023 EDICIÓN DE 27 PÁGINAS
REPÚBLICA DE COLOMBIA
RAMA LEGISLATIVA DEL PODER PÚBLICO
C Á M A R A D E R E P R E S E N T A N T E S
JAIME LUIS LACOUTURE PEÑALOZA
SECRETARIO GENERAL DE LA CÁMARA
www.camara.gov.co
GREGORIO ELJACH PACHECO
SECRETARIO GENERAL DEL SENADO
www.secretariasenado.gov.co
G a c e t a d e l C o n g r e s o
I S S N 0 1 2 3 - 9 0 6 6
CARTA DE COMENTARIOS ASOCIACIÓN COLOMBIANA DE DERECHO
DE LA COMPETENCIA - ASOCIACIÓN COLOMBIANA DE LA PROPIEDAD
INTELECTUAL -CENTRO DE ESTUDIOS DE DERECHO DE LA COMPETENCIA -
INSTITUTO COLOMBIANO DE DERECHO DEL CONSUMO PROYECTO DE LEY
NÚMERO 338 DE 2023 CÁMARA, 274 DE 2023 SENADO
Bogotá, D.C., 27 de abril de 2023
Doctor
Jhon Fredy Valencia Caicedo
Comisión Cuarta Cámara de Representantes
Ciudad
Ref.: Proyecto de Ley del Plan Nacional de Desarrollo.
Estimado Doctor:
En atención al proyecto de lo que será el Plan Nacional de Desarrollo 2022 2026 Colombia Potencia
Mundial de la Vida y los desarrollos que se puedan dar en uso de las facultades extraordinarias para el
Presidente de la República, la Asociación Colombiana de Derecho de la Competencia (ACDC), la
Asociación Colombiana de Propiedad Intelectual, el Centro de Estudios de Derecho de la
Competencia CEDEC y el Instituto Colombiano de Derecho del Consumo ICODECO, que reúnen
académicos y practicantes relacionados con estas disciplinas, vemos con preocupación que se debilite la
protección sustancial de estos temas, se entorpezcan los procedimientos o se afecte la Superintendencia
de Industria y Comercio y otras instituciones que los protegen. En esa medida, hacemos un llamado a que
se respeten los logros alcanzados en cada una de estas disciplinas y se promueva su desarrollo, para lo
cual ponemos a consideración nuestra visión a través del documento adjunto.
Atentamente,
Felipe Serrano Pinilla
Presidente Asociación Colombiana de Derecho de la Competencia (ACDC)
Fernando Triana Soto
Presidente Asociación Colombiana de Propiedad Intelectual (ACPI)
Juan Carlos Villalba Cuellar
Presidente Instituto Colombiano de Derecho del Consumo (ICODECO)
COMENTARIOS AL PROYECTO DE PLAN N ACIONAL DE DESARROLLO 2022 2026
ASPECTOS RELACIONADOS CON EL DER ECHO DEL CONSUMO, EL HABEAS D ATA, EL DERECHO
DE LA COMPETENCIA Y LA PROPIEDAD I NDUSTRIAL
En atención al proyecto de lo que será el Plan Nacional de Desarrollo 2022 2026 Colombia Potencia
Mundial de la Vida y los desarrollos que se puedan dar en uso de las facultades extraordinarias para el
Presidente de la República, la Asociación Colombiana de Derecho de la Competencia (ACDC), la
Asociación Colombiana de Propiedad Intelectual (ACPI), el Centro de Estudios de Derecho de la
Competencia (CEDEC) y el Instituto Colombiano de Derecho del Consumo (ICODECO), que reúnen
académicos y practicantes relacionados con estas disciplinas, vemos con preocupación que se debilite la
protección sustancial de estos temas, se entorpezcan los procedimientos o se afecte la Superintendencia
de Industria y Comercio y otras instituciones que los protegen. En esa medida, hacemos un llamado a que
se respeten los logros alcanzados en cada una de estas disciplinas y se promueva su desarrollo, para lo
cual ponemos a consideración nuestra visión:
Derecho del Consumo
1 Introducción
La ley 1480 de 2011 desarrolla el artículo 78 de la Constitución Política y reconoce un derecho colectivo que
se debe interpretar en el marco del Estado social de derecho y de la protección sustancial de los
consumidores en el escenario asimétrico de las relaciones entre estos y los empresarios.
2 Aspectos normativos
La ley 1480 de 2009 constituye un marco normativo adecuado y moderno, cuyo contenido abarca las nuevas
realidades de mercado que enfrentan los consumidores- como ocurre con el comercio electrónico-, brinda
mayor seguridad jurídica por la unificación normativa1, defiende el derecho a la adecuada información,
1 Congreso de la República. Gaceta No 620 de 2010 - Proyecto de Ley 089 de 2010. Cám ara. “(…) Lo que se persigue con la
expedición de este proyecto de ley, es la creación de un solo sistema de protección al consumidor que cobije todos los ámbitos
del quehacer económico. Se ha considerado que no debe n existir reglas distintas para cada ámbit o o sector ya que ello, además
de generar confusión entre las autoridades encargadas de velar por el cump limiento de las normas, va en detrimento del
consumidor quien debe enfrentarse a normatividades y entidades diferentes.

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