Carta de comentarios de la Asociación Nacional de Empresarios de Colombia (ANDI), (Proyecto de Acto Legislativo número 19 de 2022 Senado, 254 de 2022 Cámara), por medio del cual se reconoce al campesinado como sujeto de especial protección constitucional y se integra el bloque de constitucionalidad el texto de la declaración de las Naciones Unidas sobre los derechos de los campesinos y de otras personas que trabajan en las zonas rurales - 6 de Diciembre de 2022 - Gaceta del Congreso - Legislación - VLEX 916320300

Carta de comentarios de la Asociación Nacional de Empresarios de Colombia (ANDI), (Proyecto de Acto Legislativo número 19 de 2022 Senado, 254 de 2022 Cámara), por medio del cual se reconoce al campesinado como sujeto de especial protección constitucional y se integra el bloque de constitucionalidad el texto de la declaración de las Naciones Unidas sobre los derechos de los campesinos y de otras personas que trabajan en las zonas rurales

Fecha de publicación06 Diciembre 2022
Número de Gaceta1600
G 1600 Martes, 6 de diciembre de 2022 Página 37
dicho proceso no se haya decretado la preclusión o
absolución.
También procederá el arresto preventivo
transformador en los casos en los cuales el presunto
contraventor haya celebrado un acuerdo restaurativo
previo en el marco de la presente ley y haya vuelto
a reincidir en una posible conducta contravencional.
Igualmente, se podrá decretar el arresto preventivo
transformador cuando se presente peligro para la
comunidad o para la víctima.
El arresto preventivo transformador podrá
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quien haya solicitado el ejercicio de acusador
privado o público, aun cuando esta no se haya
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de Contravenciones quien deberá resolver sobre el
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o en los demás casos dentro de los cinco (5) días
siguientes a su solicitud.
El arresto preventivo se cumplirá en los Centros
de Retención para la Transformación Social y la
Seguridad Ciudadana (CERTS) y en ningún caso
podrán tener una duración superior a seis (6) meses.
Parágrafo. El arresto preventivo transformador
no afectará las medidas de aseguramiento privativas
de la libertad que se impongan por la comisión de
delitos.
Artículo 25. Vigencia. La presente ley entrará en
vigencia a partir del año siguiente a la fecha de su
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entrará a regir desde la promulgación.
Parágrafo 1°. Corresponde al Consejo
Superior de la Judicatura adelantar las actividades
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Jueces Penales Municipal con función concurrente
o exclusiva de Conocimiento de Contravenciones
de acuerdo con la reglamentación que para el efecto
expida el gobierno nacional.
Parágrafo 2°. Autorícese al Gobierno Nacional
para que, a través del Ministerio de Justicia y del
Derecho, adelante las gestiones necesarias para
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funcionamiento de los Centros de Retención para
la Transformación Social y la Seguridad Ciudadana
(CERTS) dentro del término establecido en este
artículo.
Parágrafo 3. Integración normativa. En
todo lo no regulado en la presente ley respecto a
los aspectos sustanciales de las contravenciones
se aplicará lo establecido en el Código Penal y en
aquello no contemplado en materia procedimental
se acudirá a lo señalado en la Ley 600 de 2000.
CARTA DE COMENTARIOS
CARTA DE COMENTARIOS DE
LA ASOCIACIÓN NACIONAL DE
EMPRESARIOS DE COLOMBIA (ANDI),
(PROYECTO DE ACTO LEGISLATIVO
NÚME RO 19 DE 2022 SEN ADO, 254 DE 2022
CÁMARA)
por medio del cual se reconoce al campesinado
como sujeto de especial protección constitucional y
se integra el bloque de constitucionalidad el texto
de la declaración de las Naciones Unidas sobre los
derechos de los campesinos y de otras personas que
trabajan en las zonas rurales.
CAMPESINADO SUJETO DE ESPECIAL
PROTECCIÓN
(PROYECTO DE ACTO LEGISLATIVO
NÚME RO 19 DE 2022 SEN ADO, 254 DE 2022
CÁMARA)
La Asociación Nacional de Empresarios de
Colombia (ANDI), inspirada en el bien común, en la
democracia participativa y en la búsqueda del mayor
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Proyecto de Acto Legislativo por medio del cual se
reconoce al campesinado como sujeto de especial
protección constitucional y se integra el bloque
de constitucionalidad el texto de la declaración
de las Naciones Unidas sobre los derechos de los
campesinos y de otras personas que trabajan en las

Al igual que todos los colombianos, los habitantes
y trabajadores rurales, encuentran en la Constitución
de 1991, un amplio catálogo de derechos y libertades
fundamentales, económicas, sociales y culturales,
reconocidos para todos sus habitantes. El derecho
a la igualdad se encuentra contenido en el artículo
13 que establece que “todas las personas nacen
libres e iguales ante la ley, recibirán la misma
protección y trato de las autoridades y gozarán de
los mismo derechos, libertades y oportunidades sin
ninguna discriminación por razones de sexo, raza,
origen nacional o familiar, lengua, religión, opinión
política o losóca”.
En este Documento queremos hacer énfasis en
cuatro puntos:
i) La protección constitucional al campesinado
colombiano existente en la legislación y la
jurisprudencia.
ii) El carácter no vinculante de las declaraciones
de organismos internacionales para los
estados.
iii) Integrar vía acto legislativo una
declaración de un organismo internacional

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