Carta de comentarios Country Manager Colombia al Proyecto de ley número 273 de 2023 Cámara, por medio de la cual se reduce de forma permanente la tarifa de IVA para los tiquetes aéreos de pasajeros, servicios conexos y la tarifa administrativa asociada a la comercialización - 1 de Abril de 2024 - Gaceta del Congreso - Legislación - VLEX 1032130362

Carta de comentarios Country Manager Colombia al Proyecto de ley número 273 de 2023 Cámara, por medio de la cual se reduce de forma permanente la tarifa de IVA para los tiquetes aéreos de pasajeros, servicios conexos y la tarifa administrativa asociada a la comercialización

Fecha de publicación01 Abril 2024
Número de Gaceta323
Página 26 Lunes, 1° de abril de 2024 Gaceta del Congreso 323
CARTA DE COMENTARIOS COUNTRY MANAGER COLOMBIA AL PROYECTO DE LEY
NÚMERO 273 DE 2023 CÁMARA
por medio de la cual se reduce de forma permanente la tarifa de IVA para los tiquetes aéreos de pasajeros,
servicios conexos y la tarifa administrativa asociada a la comercialización.
Bogotá DC, 20 de marzo de 2024
Honorables Representantes
WILDER ESCOBAR
ELKIN OSPINA
WILMER CARRILLO
ETNA TAMARA ARGOTE
Congreso de la República de Colombia
Bogotá D.C.
Asunto: Comentarios al Proyecto de ley No. 273 de 2023 Cámara “
por medio de la cual se reduce de forma
permanente la tarifa de IVA para los tiquetes aéreos de pasajeros, servicios conexos y la tarifa administrativa
asociada a la comercialización
,
Estimados Representantes:
En representación de las 300 líneas aéreas miembro de la Asociación de Transporte Aéreo Internacional (IATA), las
cuales son responsables del 83% del tráfico aéreo global, con el acostumbrado respeto, presentamos para su
consideración los comentarios al proyecto de la referencia en representación de la industria aérea en Colombia.
Consideramos la presente iniciativa como positiva para el sector aéreo, sus usuarios y el turismo del país. La
reducción del IVA a los tiquetes aéreos y el combustible de aviación es un beneficio que acarrea el crecimiento del
turismo, el desarrollo social y la accesibilidad al servicio público esencial para todos los colombianos.
Los usuarios de transporte aéreo han sentido el impacto tras el retorno del IVA al 19% (14 puntos porcentuales), sin
contar con los incrementos de otras tasas, contribuciones e impuestos aplicables. Consideramos que mantener el
IVA al 5% debe ser de carácter permanente en una industria cuyo objetivo es ofrecer un servicio público esencial
de transporte accesible a la ciudadanía colombiana, que fortalece la conectividad entre regiones y repercute en el
desarrollo socioeconómico de la nación. Lo anterior en el entendimiento que los otros modos de transporte público
en país no se les aplica dicho impuesto, restándole competitividad al sector y limitando su democratización.
Por otro lado, el IVA al combustible de aviación Jet A-1 y/o gasolina de aviación 100/130 nacionales retornó al 19%
desde 1 enero de 2022, elevando los costos de operación de las aerolíneas. Para el mes de junio 2023, la industria
ha experimentado un incremento de alrededor del 30% en el precio del combustible (el cual constituye el principal
costo de la tarifa, estimado entre un 45-50%) en comparación con el mismo mes del año 2019.
1
Además, se
presenta una devaluación constante de la moneda a pesar de un periodo actual de revaluación cambiaria. Cabe
anotar que este escenario no se presenta en los servicios terrestres, dado que estos tuvieron una reducción en el
IVA sobre la gasolina y Diesel del 19% al 5%
2
, y el precio regulado a nivel nacional ha mantenido el subsidio del
Fondo de Estabilización de los Precios del Combustibles (FEPC). Con base en lo anterior, el sector aeronáutico no
debe verse discriminado con esta clase de medidas, por lo cual dicha reducción debe ser de carácter igualitario, es
decir, incluyendo el combustible de aviación con el mismo valor de gravamen para continuar con la accesibilidad y
democratización del modo aéreo en el país.
Cada día el transporte aéreo se constituye como un servicio de mayor uso por los colombianos. Según TGI
Colombia, en 2022 el 75% de los encuestados que declararon viajar por modo aéreo en el último año, son
pertenecientes a los niveles socioeconómicos 2 y 3. Adicionalmente, se muestra que esta población ha
1
Ingreso del Productor (IPP) publicado semanalmente por Ecopetrol. Este precio no incluye las tarifas de transporte, almacenamiento y puesta en el ala del avión, los cuales
generan cobros adicionales sobre el precio anteriormente descrito.
2
Artículo 74 Ley 1955 de 2019
incrementado el uso de este medio de transporte.
3
Así las cosas, podemos concluir que existe una democratización
del servicio aéreo en el país y que esta industria genera movilidad social.
Ahora bien, con el incremento de 14 puntos porcentuales del IVA sobre un servicio que se presta a hogares con
ingresos promedio de $2.586.203 pesos mensuales, el impuesto se torna regresivo afectando en mayor medida a
las poblaciones con menores ingresos, opuesto al espíritu progresivo que este gobierno le ha dado a la política
fiscal del país. Por lo tanto, es evidente que esta medida está afectando fuertemente el mercado doméstico,
pues el año 2023 cerro en cifras negativas el mercado nacional de pasajero con un -9.3% vs 2022.
Gráfica 1: Evolución del mercado de pasajeros 2023 vs. 2022 (mes a mes).
Fuente: IATA utilizando datos publicados por la Unidad Administrativa Especial de Aeronáutica Civil (UAEAC).
Países de la región que quieren apostarle al turismo han tomado medidas con relación a los impuestos, como por
ejemplo en Ecuador, donde el gobierno recientemente redujo dos impuestos, el de Potencia Turística y el Eco Delta,
al 5% del valor de la tarifa con un techo máximo para cada uno. Lo anterior con el fin de alivianar la carga impositiva
al pasajero y potenciar la conectividad aérea a través de medidas de estímulo que impulsen el turismo, el comercio,
la logística e inversión extranjera, y los beneficios asociados a estas actividades.
4
Finalmente, consideramos que con la reducción del IVA en los tiquetes aéreos y del combustible de aviación se
puede apoyar a otras asociaciones del sector turismo, de manera que los usuarios del servicio público esencial de
transporte puedan acceder a dicho tratamiento en mejores condiciones y que el sector continúe recuperando su
competitividad en beneficio del país. Por ello, y en pro de mantener un mercado dinámico y en constante
crecimiento, proponemos ratificar las medidas tributarias que permitieron incentivar a la industria aérea y el turismo
en Colombia, es decir, manteniendo con carácter permanente el IVA en tiquetes y combustible de aviación al 5%.
Adicionalmente, proponemos que se incluya la reducción del IVA en el combustible de aviación en la ponencia del
proyecto de la siguiente manera:
3
Viajeros en avión últimos 12 meses -TGI Colombia 2022 R3 Personas mayores de 18 años (15´274.000 personas)
4
https://www.turismo.gob.ec/volar-desde-y-hacia-ecuador-sera-mas-barato-gobierno-reduce-las-tasas-eco-delta-y-ecuador-potencia-turisticar/
2%
-15%
-22%
-16% -15% -15%
-11% -11% -14%
2.4% 3.5%
13%
33%
-30%
-20%
-10%
0%
10%
20%
30%
40%
50%
Ene. 23 Feb. 23 Mar. 23 Abr. 23 May. 23 Jun. 23 Jul. 23 Ago. 23 Sep. 23 Oct. 23 Nov. 23 Dic 23
Tasa de crecimiento vs. 2022 (mes a mes)
Restablecimiento 19% en IVA en tiquetes Doméstico Internacional
“Artículo nuevo: Adiciónese un numeral al artículo 468-1 del Estatuto Tributario, el cual quedará así: "La gasolina
de aviación Jet A/ Jet A 1 y/o gasolina de aviación 100/130 nacionales."
De antemano agradezco su atención y quedo atento para proporcionar cualquier información, gestión adicional, o
presentación detallada si lo considere necesarias.
Atentamente,
PAULA BENAL SANINT
Country Manager Colombia
IATA

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