Carta de comentarios del Ministerio de Hacienda y Crédito Público al informe de ponencia para segundo debate al Proyecto de ley numero 321 de 2022 Cámara, por la cual se modifica la Ley 1177 de 2007. 12 Carta de comentarios del Ministerio de Hacienda y Crédito Público al texto aprobado en tercer debate del Proyecto de ley número 330 de 2022 Cámara, 167 de 2022 Senado, por el cual se prioriza los recursos de créditos al sector primario en Colombia y se dictan otras disposiciones - 25 de Julio de 2023 - Gaceta del Congreso - Legislación - VLEX 940220106

Carta de comentarios del Ministerio de Hacienda y Crédito Público al informe de ponencia para segundo debate al Proyecto de ley numero 321 de 2022 Cámara, por la cual se modifica la Ley 1177 de 2007. 12 Carta de comentarios del Ministerio de Hacienda y Crédito Público al texto aprobado en tercer debate del Proyecto de ley número 330 de 2022 Cámara, 167 de 2022 Senado, por el cual se prioriza los recursos de créditos al sector primario en Colombia y se dictan otras disposiciones

Fecha de publicación25 Julio 2023
Número de Gaceta903
G 903 Martes, 25 de julio de 2023 Página 13
Respetado Presidente:
En atención a la solicitud de emitir concepto
      
Representante, Jorge Hernán Bastidas Rosero, y
en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 7°
de la Ley 819 de 20031, el Ministerio de Hacienda
y Crédito Público presenta los comentarios y
consideraciones al informe de ponencia propuesto
para segundo debate al Proyecto de ley del asunto en
los siguientes términos:
El proyecto de ley, de iniciativa parlamentaria,
tiene por objeto ampliar el valor a recaudar de la
“Estampilla Universidad del Cauca 180 años”,
autorizada a través de la Ley 1177 de 20072. Para tal

del recaudo obtenido de la estampilla y, en segundo

Como primer punto, este Ministerio no encuentra
    

no plantea un gasto adicional o una reducción de
ingresos para el departamento del Cauca.
Sin perjuicio de lo anterior, esta Cartera reitera
su posición frente a la emisión de estampillas

 
        
estampillas.
        
actualidad existen en nuestro ordenamiento jurídico
    
de estampillas a las entidades territoriales, unas
de carácter genérico y otras de carácter particular
para determinadas entidades públicas y sectores
de las entidades territoriales. Este alto volumen de
estampillas ha generado un incremento en los costos
        
    
mayormente se gravan con estampillas y, ante la
multiplicidad de Estas, un solo contrato o acto puede
verse gravado con tres o más estampillas, y en un
departamento con seis o más estampillas, lo cual
aumenta el valor del contrato por el desplazamiento
de la carga tributaria en cabeza del contratante.
En este sentido, dicho marco debe establecer desde
una sola ley todos y cada uno de los elementos de las
     

recaudados por todas las estampillas territoriales esté
enfocada a determinados sectores, así como por una
       
autorice la expedición de una única estampilla para
 
se han dirigido y se evite la dispersión y la creación
puntual para determinadas entidades. Lo anterior
debe darse en estricta aplicación al principio de
certeza en materia tributaria establecido en el
       

de los elementos estructurales del impuesto de una

Por todo lo anteriormente expuesto, este
       
  
de colaborar con la actividad legislativa en términos

Cordialmente,
* * *
CARTA DE COMENTARIOS DEL
MINISTERIO DE HACIENDA Y CRÉDITO
PÚBLICO AL TEXTO APROBADO EN
TERCER DEBATE DEL PROYECTO DE
LEY NÚMERO 330 DE 2022 CÁMARA, 167
DE 2022 SENADO
por el cual se prioriza los recursos de créditos
al sector primario en Colombia y se dictan otras
disposiciones.
3. Despacho del Viceministro Técnico
Honorable Congresista
ANDRÉS DAVID CALLE AGUAS
Cámara de representantes
CONGRESO DE LA REPÚBLICA



    

Asunto: Comentarios al texto aprobado en
tercer debate del Proyecto de ley número 330 de
2022 Cámara, 167 de 2022 del Senado, por el cual
se prioriza los recursos de créditos al sector primario
en Colombia y se dictan otras disposiciones.
Respetado Presidente:
De manera atenta, y en virtud de lo dispuesto en
el artículo 7° de la Ley 819 de 20031, se presentan
los comentarios y consideraciones del Ministerio
de Hacienda y Crédito Público al texto aprobado en
tercer debate del proyecto de ley del asunto, en los
siguientes términos:
El proyecto de ley, de iniciativa parlamentaria,
      
priorizar los recursos de créditos agropecuarios en
el sector primario del país2.
1 Por la cual se dictan normas orgánicas en materia de pre-
-
tan otras disposiciones.
2 Gaceta del Congreso de la República número 258 de
2023.
1 Por la cual se dictan normas orgánicas en materia de
   
dictan otras disposiciones.
2 Por la cual se autoriza la emisión de la Estampilla Uni-
versidad del Cauca 180 años.

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR