Carta de comentarios Ministerio de Salud y Protección Social al Proyecto de Ley número 271 de 2022 (Cámara), por medio de la cual se crean los Consultorios Psicológicos Comunitarios en las Facultades de Psicología de las Instituciones de Educación Superior - 13 de Febrero de 2024 - Gaceta del Congreso - Legislación - VLEX 1027969739

Carta de comentarios Ministerio de Salud y Protección Social al Proyecto de Ley número 271 de 2022 (Cámara), por medio de la cual se crean los Consultorios Psicológicos Comunitarios en las Facultades de Psicología de las Instituciones de Educación Superior

Fecha de publicación13 Febrero 2024
Número de Gaceta78
G 78 Martes, 13 de febrero de 2024 Página 33
de 201847, 3803 de 201658 y 2465 de 201669, así
como las funciones asignadas a cada cartera.
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marcos técnicos ya establecidos en la normativa
vigente, los cuales al elevarse al nivel de ley
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adecuaciones como respuesta a las realidades
cambiantes.
8. Se destaca la incorporación del concepto de
alimentación saludable, conforme a lo dispuesto en
la Ley 2120 de 2021710, e incluso elevar el derecho
a la alimentación adecuada hacia el derecho a la
alimentación saludable. No obstante, es importante
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que observan diferencias donde el objeto no hace
referencia al derecho y otros artículos plantean,
por ejemplo, el derecho a la alimentación escolar
integral, sin que se determine su alcance.
Atentamente,
* * *
CARTA DE COMENTARIOS MINISTERIO
DE SALUD Y PROTECCIÓN SOCIAL AL
PROYECTO DE LEY NÚMERO 271 DE 2022
CÁMARA
por medio de la cual se crean los Consultorios
Psicológicos Comunitarios en las Facultades
de Psicología de las Instituciones de Educación
Superior.
Bogotá, D. C.,
Doctor,
JAIME LUIS LACOUTURE PEÑALOZA
Secretario General
Cámara de Representantes
Carrera 7 n.° 8-68
7 Por la cual se adoptan los lineamientos técnicos y opera-
tivos de la Ruta Integral de Atención para la Promoción y
Mantenimiento de la Salud y la Ruta Integral de Atención
en Salud para la Población Materno Perinatal y se esta-
blecen las directrices para su operación.
8 Por la cual se establecen las Recomendaciones de Ingesta
de Energía y Nutrientes (RIEN) para la población colom-
biana y se dictan otras disposiciones.
9 Por la cual se adoptan los indicadores antropométricos,
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ción antropométrica del estado nutricional de niñas, ni-
ños y adolescentes menores de 18 años de edad, adultos
de 18 a 64 años de edad y gestantes adultas y se dictan
otras disposiciones.
10 Por medio de la cual se adoptan medidas para fomentar
entornos alimentarios saludables y prevenir enfermeda-
des no transmisibles y se adoptan otras disposiciones.
Bogotá, D. C.
Asunto: Concepto Institucional del Proyecto
de Ley número 271 de 2022 (Cámara), por medio
de la cual se crean los Consultorios Psicológicos
Comunitarios en las Facultades de Psicología de
las Instituciones de Educación Superior. Radicado
número 202342301938052.
Distinguido doctor Lacouture,
Con relación al radicado del asunto, frente
a la solicitud de comunicar las consideraciones
pertinentes respecto al Proyecto de Ley número 271
de 2022 (Cámara), por medio de la cual se crean
los Consultorios Psicológicos Comunitarios en las
Facultades de Psicología de las Instituciones de
Educación Superior, este Ministerio en ejercicio de
las competencias constitucionales y legales que le
asisten, en especial las previstas en el inciso 2º del
3 del artículo 59 de la Ley 489 de 1998, sin perjuicio
  
otras autoridades para las cuales este tema resulta
sensible, a continuación se formulan las siguientes
observaciones de conveniencia con una serie de
recomendaciones, conforme las argumentaciones
que se expondrán a continuación.
1. FICHA TÉCNICA, TRÁMITE Y
CONTENIDO DEL PROYECTO
El proyecto legislativo fue radicado el 3 de
noviembre de 2022, presentado por los Congresistas
honorable Senador - Nadia Georgette Blel Sca,
honorable Representante - Andrés Felipe Jiménez
Vargas, honorable Representante - Juliana Aray
Franco, honorable Representante - Luis Miguel
López Aristizábal, honorable Representante - Daniel
Restrepo Carmona, honorable Representante -
Jorge Alexánder Quevedo Herrera, honorable
Representante - Ingrid Marlén Sogamoso Alfonso,
honorable Representante - Alfredo Ape Cuello
Baute, honorable Representante - Juan Daniel
Peñuela Calvache, honorable Representante - Luis
Eduardo Díaz Matéus, honorable Representante
- Libardo Cruz Casado, honorable Representante
- Juana Carolina Londoño Jaramillo, honorable
Representante - Héctor Mauricio Cuéllar Pinzón,
honorable Representante - Juan Carlos Wills
Ospina, del Partido Conservador .
1.1. Trámite
El proyecto de ley fue publicado el 11 de
noviembre de 202281.
El 6 de diciembre de 2022, se publicó el
informe de ponencia para primer debate92.
1 Gaceta del Congreso 1419 página 1 GC_1419_2022.pdf
(secretariasenado.gov.co)
2 Gaceta del Congreso 1591.Pág. 4 GC_1591_2022.pdf
(secretariasenado.gov.co)
Página 34 Martes, 13 de febrero de 2024 G 78
El 19 de mayo de 2023, se publicó el informe
para ponencia de segundo debate103.
1.2. Contenido
El proyecto de ley tiene por objeto la creación
de los Consultorios Psicológicos Comunitarios
gratuitos, adscritos a las Facultades de Psicología
reconocidas por el Ministerio de Educación, con el

los programas de psicología obtengan una formación
integral mediante la aplicación de métodos teóricos
y prácticos a través de los consultorios, en donde
deberán atender pacientes en situaciones de
necesidades psicológicas.
     
    
práctico para los estudiantes de las facultades
de psicología, que aconsejan y acompañan a las
personas en condiciones de vulnerabilidad que
necesitan asistencia en salud mental, que serán
supervisados por docentes y personal administrativo
de las facultades de psicología.
Entre los objetivos de los consultorios, se
encuentran:
“(…) Facilitar el acceso al servicio de salud
mental y contribuir a que las personas en situación de
vulnerabilidad obtengan una atención psicológica
oportuna y de calidad.
3. Generar conciencia acerca de la incidencia
de la salud mental dentro de la sociedad y la
necesidad del apoyo psicológico oportuno a favor
de niños y jóvenes en proceso de formación, así
como población en riesgo como consecuencia de la
violencia o abuso.
4. Promover la atención psicológica de los
Consultorios Psicológicos Comunitarios para
conjurar las deciencias del sistema de salud ante
la alta demanda de servicios y la imposibilidad de
obtener una atención oportuna.
5. Garantizar el apoyo psicológico integral
para prevenir y tratar trastornos psicológicos a
través de protocolos de diagnóstico, intervención e
investigación.
6. Incentivar la atención psicológica dentro de
los ámbitos familiares, escolares y laborales para
generar ambientes de desarrollo sano y mejorar la
convivencia social”.
Adicionalmente, establece que los Ministerios de
Salud y Protección Social y de Educación otorgarán

y ejercerán vigilancia y control a los consultorios
comunitarios, creados por las Instituciones de
Educación Superior.
En este sentido, los Consultorios comunitarios
prestarán los servicios de:
- Evaluación de estados de salud mental,
- Pronóstico y tratamiento de disfunciones
personales que padezca el paciente;
3 Gaceta del Congreso 514, Pág. 1. GC_0514_2023.pdf
(secretariasenado.gov.co)
- Diseño y desarrollo de programas,
diagnósticos e intervención psicológica;
- Test psicológicos, entrevistas, observaciones
y registro de conductas;
- Todos aquellos otros servicios que guarden
relación y permitan el cumplimiento de los principios
y objetivos establecidos en la ley.
Así mismo, el proyecto legislativo establece
que pueden atender la consulta los estudiantes
que lleven la mitad de los créditos académicos
del plan de estudios, y que el tiempo mínimo de
prestación es de un (1) semestre y no más de tres
(3) semestres. En igual sentido, establece que esta
prestación hace parte de las opciones para obtener el
título profesional y experiencia laboral; no obstante,
prohíbe la prescripción de medicamentos para tratar
trastornos psicológicos.
2. CONSIDERACIONES
2.3. Antecedentes y propuesta
De acuerdo con la exposición de motivos,
el objeto del proyecto de ley en curso es crear
los denominados “Consultorios Psicológicos
Comunitarios adscritos a las facultades de
psicología adscritos a las Facultades de Psicología
reconocidas por el Ministerio de Educación, con el
n de que los estudiantes de los últimos semestres de
los programas de psicología obtengan una formación
integral mediante la aplicación de métodos teóricos
y prácticos a través de los consultorios en donde
deberán atender a pacientes en situaciones de
necesidades psicológicas, bajo la guía y orientación
del personal docente adscrito a los consultorios”.
Un segundo propósito se encuentra dirigido a
“(…) conjurar el décit que padece el sistema de
atención de salud mental, puesto que a través de la
creación de los Consultorios se facilita el acceso a
una atención psicológica asequible, oportuna y de
calidad a favor de aquellos beneciarios que por
sus condiciones socioeconómicas no pueden acudir
a otros mecanismos de apoyo psicológico”.
      
qué son los consultorios psicológicos comunitarios,
estableciendo además sus principios, objetivos,
condiciones de creación y funcionamiento, así como

todo ello, en el contenido de 11 artículos.
2.4. Comentarios generales
Considerando que el Sistema General de
  
el acceso a servicios de salud mental, con relación
a las condiciones de calidad los consultorios
psicológicos deberían estar desarrollados en el
marco del ordenamiento vigente y, por lo tanto, en
principio no sería necesario generar una regulación
diferente; no obstante, este Ministerio considera
que sería importante articular la iniciativa con el
contenido de la Ley 1090 de 2006114, la cual regula
el ejercicio de la profesión de Psicología y dicta el
4 Por la cual se reglamenta el ejercicio de la profesión de
Psicología, se dicta el Código Deontológico y Bioético y
otras disposiciones.

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