Carta de comentarios Ministerio del Trabajo proyecto de ley número 410 de 2021 Cámara - 167 de 2021 Senado, por medio de la cual se reforman las Leyes 1636 de 2013, 789 de 2002, se fomenta la generación de empleo y se dictan otras disposiciones - 13 de Mayo de 2022 - Gaceta del Congreso - Legislación - VLEX 909376744

Carta de comentarios Ministerio del Trabajo proyecto de ley número 410 de 2021 Cámara - 167 de 2021 Senado, por medio de la cual se reforman las Leyes 1636 de 2013, 789 de 2002, se fomenta la generación de empleo y se dictan otras disposiciones

Fecha de publicación13 Mayo 2022
Número de Gaceta479
Página 20 Viernes, 13 de mayo de 2022 Gaceta del Congreso 479
CÁMARA DE REPRESENTANTES - COMISIÓN TERCERA
CONSTITUCIONAL PERMANENTE
(ASUNTOS ECONÓMICOS)
BogotáD.C., 11d e mayo de 2022. En la fecha se recibió en esta Secretaría Ponencia
Positiva para Segundo Debate del Proyecto de Ley No.422 de 2021 Cámara:
POR MEDIO DE LA CUAL SE BRINDAN HERRAMIENTAS PARA
PROMOVER EL EMPRENDIMIENTO DE LAS PERSONAS EN
SITUACIÓN DE DISCAPACIDAD, TRABAJADORES/AS SEXUALES,
HABITANTES DE LA CALLE Y FARMACODEPENDIENTES
REHABILITADOS Y SE DICTAN OTRAS DISPOSICIONES”, suscrita por los
Honorables Representantes a la Cámara ENRIQUE CABRALES BAQUERO,
CHRISTIAN JOSÉ MORENO VILLAMIZAR y ERASMO ELÍAS ZULETA
BECHARA, y se remite a la Secretaría General de la Corporación para su
respectiva publicación en la Gaceta del Congreso, tal y como lo ordena el artículo
156 de la Ley 5ª de 1992.
La Secretaria General,
ELIZABETH MARTÍNEZ BARRERA
Bogotá, D.C. 11 de mayo de 2022.
De conformidad con el artículo 165 de la Ley 5ª de 1992. “Reglamento del Congreso
autorizamos el presente informe”.
WILMER RAMIRO CARRILLO MENDOZA
PRESIDENTE
ELIZABETH MARTÍNEZ BARRERA
SECRETARIA GENERAL
CARTAS DE COMENTARIOS
CARTA DE COMENTARIOS MINISTERIO DEL TRABAJO PROYECTO DE LEY
NÚMERO 410 DE 2021 CÁMARA 167 DE 2021 SENADO
por medio de la cual se reforman las Leyes 1636 de 2013, 789 de 2002, se fomenta la generación de empleo y se
dictan otras disposiciones.
Sede Administrativa
Dirección: Carrera 14 No.
99-33
Pisos 6, 7, 10, 11, 1 2 y 13
Teléfonos PBX
(57-1) 5186868
Atención Presencial
Sede de Atención al
Ciudadano
Bogotá Carrera 7 No. 32-63
Puntos de atención
Bogotá (57-1) 5186868
Línea nacional gratuita
018000 112518
Celular
120
www.mintrabajo.gov.co
@mintrabajoco
l
@MinTrabajoCo
l
@MintrabajoCol
Con Trabajo Decente el futuro es de todos
Bogotá. 11 de mayo de 2022
Doctora
JENNIFER ARIAS FALLA
Presidenta H. Cámara de Representantes
HENRY FERNANDO CORREAL HERRERA
Ponente Cámara de Representantes
Bogotá, D.C.
Jennifer.arias@camara.gov.co
Henry.correal@camara.gov.co
Referencia: Proyecto de Ley No 410 DE 2021 CÁMARA – 167 DE 2021 SENADO “POR MEDIO DE
LA CUAL SE REFORMAN LAS LEYES 1636 DE 2013, 789 DE 2002, SE FOMENTA LA
GENERACIÓN DE EMPLEO Y SE DICTAN OTRAS DISPOSICIONES”
Respetado secretario,
De manera atenta remito concepto técnico sobre el Proyecto de Ley No 410 DE 2021 CÁMARA – 167
DE 2021 SENADO “POR MEDIO DE LA CUAL SE REFORMAN LAS LEYES 1636 DE 2013, 789 DE
2002, SE FOMENTA LA GENERACIÓN DE EMPLEO Y SE DICTAN OTRAS DISPOSICIONES”,
aprobado en primer debate y que continúa su trámite legislativo en la Plenaria de la Honorable Cámara
de Representantes, así:
1. Título del Proyecto de Ley.
Proyecto de Ley “Por medio de la cual se reforman las leyes 1636 de 2013, 789 de 2002, se fomenta
la generación de empleo y se dictan otras disposiciones”
2.Consideraciones generales:
De conformidad con el texto del proyecto de Ley, se evidencia la importancia de la presente iniciativa
legislativa con la cual se pretende promover la permanencia definitiva de una transferencia económica
en los beneficios económicos en el Mecanismo de Protección al Cesante y el desarrollo integral de los
cuidadores de los afiliados a las Cajas de Compensación Familiar que no tengan un ingreso o una
vinculación laboral.
Dirección: Carrera 14 No.
99-33
Pisos 6, 7, 10, 11, 1 2 y 13
Atención Presencial
Sede de Atención al
Ciudadano
Bogotá Carrera 7 No. 32-63
Puntos de atención
Bogotá (57-1) 5186868
Línea nacional gratuita
018000 112518
Celular
120
www.mintrabajo.gov.co
@mintrabajoco
l
@MinTrabajoCo
l
@MintrabajoCol
Con Trabajo Decente el futuro es de todos
Artículo
Descripción
Observación
Artículo 1.
Objeto. La presente ley tiene por objeto reformar
y adicionar las Leyes 1636 de 2013 y 789 de
2002, estableciendo nuevos apoyos para el
cesante, para los cuidadores y madres o padres
cabeza de familia en el marco de la prestación
social del Subsidio Familiar y fortaleciendo el
Sistema Nacional de Empleo para generar una
mayor funcionalidad y eficiencia en su servicio,
atendiendo las necesidades de la población para
acceder al empleo.
En el marco del fortalecimiento del
sistema de subsidio familiar estas
madres o padres cabeza de familia
deberán haber aportado o ser cónyuge
o compañero(a) permanente del afiliado
para poder ser beneficiario de lo
estipulado en el artículo 7 de la presente
ley.
Artículo 2.
Modifíquese el artículo 3º de la Ley 1636 de
2013, el cual quedará así:
“Artículo 3. Campo de aplicación. Todos los
trabajadores del sector público y privado,
dependientes o en cuyo nombre se hubiese
realizado tales pagos o independientes, que
realicen aportes a las Cajas de Compensación
Familiar, por lo menos por un año continuo o
discontinuo en los últimos tres (3) años si se es
dependiente, y por lo menos dos años continuos
o discontinuos en los últimos tres (3) años si se
es independiente, accederán al Mecanismo de
Protección al Cesante, sin importar la forma de
su vinculación laboral, y de conformidad con lo
establecido por la reglamentación que determine
el Gobierno Nacional.
Los beneficios económicos a los que tendrán
derecho todos los trabajadores que aportaron a
las Cajas de Compensación Familiar serán:
a. Pago de la cotización al Sistema de
Seguridad Social en Salud y Pensiones
sobre un (1) SMMLV,
b. Una transferencia económica por un
valor de uno punto cinco (1.5) SMMLV,
para aquellos cotizantes en categoría a
y b del Sistema de Subsidio Familiar.
Sin observaciones

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