Carta de comentarios ministerio de hacienda al proyecto de ley 214 de 2011 cámara - 28 de Diciembre de 2011 - Gaceta del Congreso - Legislación - VLEX 451416122

Carta de comentarios ministerio de hacienda al proyecto de ley 214 de 2011 cámara

CARTA DE COMENTARIOS MINISTERIO DE HACIENDA AL PROYECTO DE LEY 214 DE 2011 CÁMARA. por medio de la cual se establecen normas que regulan el retorno de los compatriotas residentes en el exterior y se fijan incentivos migratorios.

Ministerio de Hacienda y Crédito Público

1.1

UJ-2238-11

Bogotá, D. C., 5 de diciembre do 2011

Honorable Representante

SIMÓN GAVIRIA

Presidente de la Cámara de Representantes

Cámara de Representantes

Ciudad

Asunto: Proyecto de ley 214 de 2011 Cámara, por medio de la cual se establecen normas que regulan el retorno de los compatriotas residentes en el exterior y se fijan incentivos migratorio.

Respetado Presidente:

De manera atenta el Ministerio de Hacienda y Crédito Público presenta los comentarios que estima pertinentes someter a su consideración sobre el Proyecto de ley 214 de 2011 Cámara; por medio de la cual se establecen normas que regulan el retorno de los compatriotas residentes en el exterior y se fijan incentivos migratorios.

El proyecto de ley referenciado en el asunto, pretende regular aspectos aduaneros y de comercio exterior tendientes a incentivar el retorno de compatriotas a la República de Colombia.

1.1. Análisis Jurídico

Como es de su conocimiento la regulación de aspectos aduaneros y de comercio exterior, por mandato constitucional es una facultad exclusiva del Presidente de la República. Según lo dispone el artículo 189, numeral 25, corresponde al Presidente de la República de Colombia, como Jefe de Estado, Jefe de Gobierno y Suprema Autoridad administrativa modificar los aranceles, tarifas y demás disposiciones concernientes al régimen de aduanas y regular el comercio exterior, entre otras competencias; y correlativamente compete al Congreso de la República, según el artículo 150, numeral 19, dictar las normas generales, y señalar en ellas los objetivos y criterios a los cuales el Gobierno debe sujetarse para regular el comercio exterior y señalar el régimen de cambio internacional, en concordancia con la Junta Directiva del Banco de la República.

De acuerdo con los anteriores preceptos constitucionales, corresponde al Congreso expedir las leyes que definan los lineamientos generales a los cuales debe sujetarse el Ejecutivo para regular el régimen de aduanas y el comercio exterior. Sobre las competencias del Congreso y del Presidente de la República en materia de regulación del régimen de aduanas y de comercio exterior, se ha pronunciado la Corte Constitucional y el Consejo de Estado, de la...

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