Carta de Entendimiento 003-2005 - 6 de Abril de 2006 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43235322

Carta de Entendimiento 003-2005

EmisorEstablecimientos Públicos - Instituto Colombiano Agropecuario
Número de Boletín46233

Entre los suscritos, Juan Alcides Santaella Gutiérrez, mayor de edad y vecino de la ciudad de Bogotá, D. C., identificado con cédula de ciudadanía número 17167440 de Bogotá, actuando en condición de Gerente General y Representante Legal del Instituto Colombiano Agropecuario, ICA, con número de NIT 899.999.069-7, establecimiento público del orden nacional, adscrito al Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural, nombrado mediante Decreto número 00709 del 8 de marzo de 2004 y posesionado mediante Acta número 516 del 12 de marzo de 2004, quien para los efectos del presente documento se denominará el ICA y por la otra parte, Consuelo Velasco Zambrano, mayor de edad, identificada con cédula de ciudadanía número 51697736 de Bogotá, domiciliada y residente en Bogotá, quien procede en este acto en su calidad de administradora del Fondo Nacional de Porcicultura, de acuerdo al Contrato número 084, celebrado con el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural el día 24 de septiembre de 2004, Fondo parafiscal creado mediante Ley 272 de 1996 y simultáneamente representante legal de la Asociación Colombiana de Porcicultores, ACP, con número de NIT 860.325.638-4, entidad sin ánimo de lucro, con personería jurídica otorgada por el Ministerio de Agricultura mediante Acto número 00015 de fecha 15 de enero de 1988, debidamente inscrita el 7 de abril de 1997 bajo el número 00003868 del Libro I de entidades sin ánimo de lucro en la Cámara de Comercio de esta ciudad, quien para los efectos del presente convenio se denominará Asoporcicultores-FNP, hemos acordado celebrar la presente carta de entendimiento en el marco del Convenio de Cooperación Técnica de fecha 21 de febrero de 1997, el cual se regirá por las cláusulas que se pactan a continuación, previas las siguientes consideraciones:

  1. Que por disposición legal, el ICA es la entidad responsable del control sanitario en las diferentes especies animales en el país.

  2. Que el 21 de febrero de 1997 las partes celebraron el Convenio Marco de Cooperación Técnica con el objeto de ¿Mejorar la competitividad de la industria porcina nacional a través del desarrollo de programas de cooperación en sanidad animal, control de insumos pecuarios y residuos. Para el desarrollo de este objeto se debe propender por la participación de los productores y el fortalecimiento de las agremiaciones regionales¿, el cual fue prorrogado mediante Adición número 02 del 19 de marzo de 2003 hasta el 31 de marzo de 2008.

  3. Que las partes celebraron la Carta de Entendimiento 06 de 1999, la cual terminó el 31 de marzo de 2005 por vencimiento del plazo pactado, con el propósito de aunar esfuerzos para emprender acciones tendientes a las enfermedades exóticas, controlar el posible impacto económico de esta enfermedad en Colombia y favorecer la competitividad de los productos de origen porcino en el mercado internacional.

  4. Que las partes se encuentran interesadas en continuar con las actividades de sanidad animal ejecutadas en virtud de la carta de entendimiento relacionada en el considerando anterior, ya que mediante esta labor se tiene controlada la enfermedad en el sector porcicultor.

  5. Que...

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