Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de Cartagena de Indias, D.T. y C. Auto número 001 de 2010, por el cual se inicia una actuación administrativa para establecer la situación jurídica real del folio de matrícula inmobiliaria número 060-64157. - 17 de Abril de 2010 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 195084671

Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de Cartagena de Indias, D.T. y C. Auto número 001 de 2010, por el cual se inicia una actuación administrativa para establecer la situación jurídica real del folio de matrícula inmobiliaria número 060-64157.

EmisorVarios
Número de Boletín47683

de Bogota, D. C. Zona Centro resolucIones RESOLUCION NUMERO 000002 DE 2010 El Registrador Principal de Instrumentos Publicos (e.), de Bogota, D. C. Zona Centro, en ejercicio de sus facultades legales, en especial las conferidas por el Decreto-ley 01 de 1984, Decreto 1250 de 1970, procede a resolver la actuacion administrativa con expediente 1830 de 2009 I. ANTECEDENTE:

Mediante auto J-109/2009 se dispuso iniciar actuacion administrativa tendiente a determinar la real situacion juridica de los inmuebles identificados con los folios 50C-763397 Pruebas Recaudadas * Informacion obrante en los folios 50C-763397 y 50C-763398. * Fotocopia del acta de diligencia de secuestro del local, ubicado en la carrera 13 #54-86, folio 50C-763398, efectuada el 28 de enero de 2009, suscrita por los señores Julio Montoya, actuando en representacion de la DIAN, Administracion Especial de Impuestos de las Personas Juridicas de Bogota, Division de Cobranzas, y Eduardo Chaya Sagra, quien atendio la diligencia. * Primera copia de la escritura 797 otorgada en mayo 5 de 2000 ante el Notario 38 de Bogota, por Teofano de Francisco Gomez Libreros, quien actuo en representacion de Betty Gomez Cruz, la vendedora, y Juan Carlos Chaya Pallares, el comprador, y demas documentos relacionados con el turno 2000-37426. * Copia de los documentos anexos al turno 2007-61934. II. ARGUMENTOS DEL RECURRENTE:

Estudiado el material probatorio recaudado, logro establecerse que: Primero. El folio de matricula inmobiliaria 50C-763398, identifica el local ubicado en el Edificio Carrizal, carrera 13 #54-84, con un area privada total de 142,84 m2, en tanto que el folio de matricula 50C-763398 identifica al local ubicado en el Edificio Carrizal, carrera 13 #54-86, con un area privada total de 142,84 m2. Segundo. Estos inmuebles habian sido adquiridos en comun y proindiviso, a titulo de compraventa, por los señores Betty Gomez Cruz y Juan Carlos Chaya Pallares, de Zuluaga Arango y Compañia S. en C., de acuerdo con la escritura 2362 otorgada en la Notaria Cuarta de Ibague, en junio 24 de 1996, turno 1996- 57051, inscrita en los folios referidos el 26 de junio de 1996. Tercero. A tenor de lo dispuesto por las partes en la escritura 797 otorgada en la Notaria 38 de Bogota, en mayo 5 de 2000, la señora Gomez Cruz, transfirio sus derechos de cuota sobre los inmuebles mencionados (folios 50C-763397 y 50C-763398), a favor del señor Juan Carlos Chaya Pallares. Cuarto. Este documento fue radicado en esta Oficina de Registro, con turno 2000-37426, 25 de ese año, omitiendose registrar la mencionada compraventa de derechos de cuota en el folio 50C-763398, es decir, el local #54-86 carrera 13. Quinto. El no registrar esta compraventa de derechos de cuota, dio lugar a que al radicarse el oficio 03047 proferido por la DIAN, Administracion Especial de Impuestos de las Personas Juridicas de Bogota, Division de Cobranzas, en junio 7 de 2007, se inscribiera como anotacion 19 del folio el embargo coactivo de esa entidad, contra los derechos de cuota de la señora Gomez Cruz en el local #54-86 de la carrera 13 de Bogota, de acuerdo 2007-61934, a pesar de que desde mayo 25 de 2000, ella no era titular de los mismos, en virtud de la compraventa referida en las consideraciones tercera y cuarta supra. 2 Sexto. Con oficio J1377/2009, radicacion 36373 del 2-09-2009, se solicito a la...

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