Instituto Colombiano de Bienestar Familiar Cecilia de la Fuente de Lleras Grupo Jurídico Regional Caldas Resolución número 01757 de 2012, por medio de la cual se reconoce personería jurídica a la Corporación para el Desarrollo Integral del Niño y la Niña, la Familia y la Comunidad ?Cordinfac?. - 21 de Julio de 2012 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 390126920

Instituto Colombiano de Bienestar Familiar Cecilia de la Fuente de Lleras Grupo Jurídico Regional Caldas Resolución número 01757 de 2012, por medio de la cual se reconoce personería jurídica a la Corporación para el Desarrollo Integral del Niño y la Niña, la Familia y la Comunidad ?Cordinfac?.

EmisorEstablecimientos Públicos - Instituto Colombiano de Bienestar Familiar
Número de Boletín48498
5
Edición 48.498
Sábado, 21 de julio de 2012 D I A R I O O F I C I A L
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Nacional de Estímulos todo el material recibido, con el propósito de que este efectúe la
respectiva devolución a los participantes que lo soliciten.
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y sus decretos reglamentarios.
Artículo 8°. Los jurados deberán realizar las actividades inherentes a las funciones a
ellos asignadas y se regirán por lo establecido en la “Convocatoria de Estímulos 2012”.
Artículo 9°. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación.
Publíquese, comuníquese y cúmplase.
Dada en Bogotá, D. C., a 28 de junio de 2012.
La Ministra de Cultura,
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(C. F.).
ESTABLECIMIENTOS PÚBLICOS
Instituto Colombiano de Bienestar Familiar
Cecilia de la Fuente de Lleras
Grupo Jurídico Regional Caldas
RESOLUCIONES
RESOLUCIÓN NÚMERO 01757 DE 2012
(junio 8)
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El Director del ICBF Regional Caldas, en uso de sus facultades legales y en especial
las conferidas por la Resolución número 3899 del 8 de septiembre de 2010 y en especial a
lo establecido en el artículo 7° y siguientes, y
CONSIDERANDO:
Que la Corporación para el Desarrollo Integral del Niño y la Niña, la Familia y la Co-
munidad “Cordinfac”, tiene como objeto:
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Que la Corporación para el Desarrollo Integral del Niño y la Niña, la Familia y la Co-
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con domicilio principal en la ciudad de Manizales Caldas, representada legalmente por la
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Manizales Caldas.
Que la Corporación para el Desarrollo Integral del Niño y la Niña, la Familia y la
Comunidad “Cordinfac”, solicitó al ICBF Regional Caldas, mediante oficio radicado
bajo el número 006376 del 03 de Mayo de 2012, el reconocimiento de la Personería
Jurídica.
Que atendiendo la solicitud por parte de la institución para el reconocimiento de Per-
 
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Bienestar Familiar.
Que una vez adelantado el estudio y análisis de los documentos aportados se evidenció
que la Corporación para el Desarrollo Integral del Niño y la Niña, la Familia y la Comunidad
“Cordinfac”, cumple con todos los requisitos exigidos por la Resolución número 3899 de
2010, para el reconocimiento de Personería Jurídica.
Que en mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
Artículo 1°. Reconocer Personería Jurídica a la Corporación para el Desarrollo Integral del
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a partir del día de su publicación en el  de acuerdo a las tarifas establecidas
para la vigencia 2012.
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30291667 de Manizales Caldas.
Artículo 3°. La Corporación para el Desarrollo Integral del Niño y la Niña, la
Familia y la Comunidad “Cordinfac” deberá publicar a su costa, el presente Acto
Administrativo en el  de conformidad con las tarifas establecidas para
la vigencia de 2012.
Artículo 4°. Contra la presente resolución procede el recurso de reposición que deberá
interponerse ante el Director Regional por escrito dentro de los cinco (5) días hábiles si-

Artículo 5°. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación.
Notifíquese y cúmplase.
El Director ICBF Regional Caldas,

Imprenta Nacional de Colombia. Recibo Davivienda 0206091. 20-VI-2012. Valor $48.200.
Regional Santander
RESOLUCIONES
RESOLUCIÓN NÚMERO 000986 DE 2012
(mayo 7)

La Directora del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar Regional Santander, en
uso de sus facultades legales y estatutarias, y en especial las conferidas en la Resolución
número 003899 del 8 de septiembre de 2010, y
CONSIDERANDO:
  
37945937 de Socorro (Santander), actual Presidenta, ha solicitado se le inscriba como
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de ciudadanía número 37944358 de Socorro (Santander) de la Asociación de Padres de
Hogares de Bienestar Los Comuneros del municipio de Socorro, departamento de Santan-
der, entidad sin ánimo de lucro, con personería jurídica reconocida mediante la Resolución
número 0198 de marzo 11 de 1997.
Que la señora María Eugenia Amaya Serrano fue elegida corno Representante legal,
según consta en Acta número 055 de reunión del día 26 de marzo de 2012 de la Asamblea

Que realizado el estudio de los documentos presentados, se encuentra que se ajustan a
la Constitución, a las leyes, y cumplen con los requisitos señalados en el artículo 9° de la
Resolución 003899 de 08 de Septiembre de 2010.
Que en mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
Artículo 1°. Ordenar la inscripción en el libro radicador como Representante Legal de
la Asociación de Padres de Hogares de Bienestar Los Comuneros del municipio de Socorro,

cédula de ciudadanía número 37944358 de Socorro (Santander).
Artículo 2°. La inscripción de Representante legal que se otorga por esta resolu-
ción, es por un periodo de dos (2) años, según lo reglado en los estatutos de la referida
Asociación.

la Asociación de Padres de Hogares de Bienestar Los Comuneros del municipio del Socorro
departamento de Santander, de conformidad con lo establecido en el Código Contencioso
Artículo 4°. Contra la presente resolución procede el recurso de reposición ante la
Directora de la Regional Santander del ICBF, el cual deberá interponerse por escrito en el


Articulo 5°. La presente resolución, se deberá publicar en el , de con-
formidad con lo establecido en el artículo 11 de la Resolución número 003899 del 8 de
septiembre de 2010 y de acuerdo a la normatividad vigente.
Artículo 6°. La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición.
Notifíquese, publíquese y cúmplase.
Dada en Bucaramanga, a 7 de mayo de 2012.
La Directora ICBF Regional Santander,

Imprenta Nacional de Colombia. Recibo Banco Agrario de Colombia 0855237.
15-VI-2012. Valor $193.500.

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