ESTABLECIMIENTOS PÚBLICOS Instituto Colombiano de Desarrollo Rural Acuerdo número 227 de 2010 por el cual se amplía el Resguardo Indígena Pijao Chenche Amayarco, con los predios de propiedad de Incoder 'El Totumo'y 'Los Limones A', localizados en jurisdicción del municipio de Coyaima, departamento del Tolima. - 5 de Diciembre de 2010 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 232475771

ESTABLECIMIENTOS PÚBLICOS Instituto Colombiano de Desarrollo Rural Acuerdo número 227 de 2010 por el cual se amplía el Resguardo Indígena Pijao Chenche Amayarco, con los predios de propiedad de Incoder 'El Totumo'y 'Los Limones A', localizados en jurisdicción del municipio de Coyaima, departamento del Tolima.

EmisorEstablecimientos Públicos - Instituto Colombiano de Desarrollo Rural
Número de Boletín47914
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DIARIO OFICIAL
El
L I C I T A C I O N E S
DIARIO OFICIAL
Fundado el 30 de abril de 1864
Año CXLIV No. 47.914 Edición de 20 páginas •฀ Bogotá, D. C., domingo, 5 de diciembre de 2010 •฀฀฀฀฀฀฀฀฀฀฀฀฀฀฀฀฀฀฀฀฀฀฀฀฀฀฀฀฀฀฀฀฀฀฀฀฀฀฀฀฀฀฀฀฀฀฀฀ I S S N 0122-2112
NORMATIVIDAD
Y CULTURA
IMPRENTA
NACIONAL
D E C O L O M B I A
www.imprenta.gov.co
República de Colombia
Libertad y Orden
Unidad Administrativa Especial del Sistema
de Parques Nacionales Naturales
RESOLUCIONES
RESOLUCIÓN NÚMERO 0246 DE 2010
(noviembre 8)
por el cual se adopta el manual de identidad visual de Parques Nacionales Naturales
de Colombia.
La Directora General de la Unidad Administrativa Especial del Sistema de Parques
Nacionales Naturales, en uso de sus facultades legales, en especial, las conferidas en los
artículos 3° numeral 13 del Decreto 622 de 1977 y el artículo 19 numerales 1 y 16 del
Decreto-ley 216 de 2003, y
CONSIDERANDO:
Que la Ley 99 de 1993 creó el Ministerio del Medio Ambiente y reordenó el sector
público encargado de la gestión y conservación del medio ambiente y los recursos naturales,
el cual en virtud de lo previsto en el Decreto-ley 216 de 2003 cambió su denominación a
Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial.
Que al interior del Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial, la Unidad
Administrativa Especial del Sistema de Parques Nacionales NaturalesUAESPNN-conforme
a lo previsto en el Decreto-ley 216 de 2003, es la encargada de manejar y administrar las
áreas del Sistema de Parques Nacionales Naturales para lo cual podrá desarrollar las fun-
ciones contenidas en el Decreto-ley 2811 de 1974, el Decreto 622 de 1977 y la Ley 99 de
1993 en cuanto a las áreas que lo integran.
Que el artículo 3 Numeral 13 del Decreto 622 de 1977 y el artículo 19 numerales 1 y 16
del Decreto-ley 216 de 2003, señalan las funciones que le competen al administrador del
Sistema de Parques Nacionales Naturales, entre las cuales y para los efectos del presente
acto administrativo se citan las más relevantes:
Decreto 622 de 1977. Artículo 3°. Para cumplir con los objetivos generales señalados
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Nacionales Naturales; (...).
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Decreto-ley 216 de 2003. Artículo 19.
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asignados o delegados.
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Que el Área de Comunicaciones, en desarrollo y en ejecución de las funciones previa-
mente enunciados, ha desarrollado el Manual de Identidad Visual de Parques Nacionales
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manejo del logo y la imagen institucional de la entidad en diversos productos y escenarios,
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Que a efectos de protocolizar la adopción de dicho instrumento la Unidad Administrativa
Especial del Sistema de Parques Nacionales Naturales.
RESUELVE:
Artículo 1°. Adoptar el Manual de Identidad Visual de Parques Nacionales Naturales,
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cional de la Unidad Administrativa Especial del Sistema de Parques Nacionales Naturales.
La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación en el .
Publíquese, comuníquese y cúmplase.
8 de noviembre de 2010.
La Directora General,
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(C. F.).
ESTABLECIMIENTOS PÚBLICOS
Instituto Colombiano de Desarrollo Rural
ACUERDO NÚMERO 227 DE 2010
(octubre 26)
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El Consejo Directivo del Incoder, en uso de sus facultades legales, en especial las con-
feridas por el Decreto 2164 de 1995 y el artículo 7º del Decreto 3759 de 2009,
CONSIDERANDO:
1. Competencia
Que a través del artículo 1º del Decreto-ley 1390 del 21 de mayo de 2003, se creó el
Instituto Colombiano de Desarrollo Rural, Incoder, entidad que asumió las competencias
que en materia de Resguardos Indígenas venía cumpliendo el entonces Incora.
Que la Ley 1152 de 2007 por la cual se dictó el Estatuto de Desarrollo Rural, se reformó
el Instituto Colombiano de Desarrollo Rural, Incoder, y se dictaron otras disposiciones,
en su artículo 34, numeral 1º asignó a la Dirección de Etnias del Ministerio del Interior y
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ampliación, saneamiento y reestructuración de Resguardos Indígenas.
Que esta ley fue declarada inexequible por la Corte Constitucional mediante Sentencia
C-175 de 2009, razón por la cual recobró su vigencia la Ley 160 de 1994 y sus decretos
reglamentarios, entre los que se encuentra el Decreto 2164 de 1995: por el cual se regla
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Que en virtud de la referida sentencia, el Incoder recobró la competencia para adelantar
los procedimientos de dotación y titulación de tierras a comunidades indígenas.
Que conforme a la Ley 160 de 1994 y su Decreto Reglamentario 2164 de 1995 al Inco-
der le corresponde estudiar las necesidades de tierras de las comunidades indígenas, para
dotarlas de aquellas indispensables que faciliten su adecuado asentamiento y desarrollo,
entre otras funciones.
UNIDADES ADMINISTRATIVAS ESPECIALES

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