Circular 0001 - 12 de Noviembre de 2003 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43200295

Circular 0001

EmisorSuperintendencias - Superintendencia de Puertos y Transportes
Número de Boletín45369

Para: Vigilados del Sector Portuario.

De: Superintendente de Puertos y Transporte.

Asunto: Requerimiento información financiera 2002.

Como es de conocimiento de las Sociedades y Operadores Portuarios el Ministerio de Transporte a través de la Comisión de Regulación del Transporte "CRTR", mediante Resolución 006 del 22 de julio de 2003 estableció l a metodología para fijar la tasa de vigilancia del sector portuario.

En tal sentido esta administración, en uso de sus facultades legales fijó los plazos para el suministro de la información financiera mediante las Resoluciones 1972 del 2 de octubre de 2002, 0207 del 19 de marzo de 2003 y 0678 del 29 de mayo de 2003, que se refieren al Modelo de Vigilancia Virtual; sobre los cuales nos permitimos informar que hasta la fecha no se ha recibido en su totalidad la información requerida en dichos actos administrativos para efectos de establecer la base total de los ingresos brutos del Sector.

Por lo anterior, se requiere que todos los vigilados del Sector Portuario envíen físicamente a la Superintendencia de Puertos y Transporte a más tardar el 15 de noviembre de 2003 Estados Financieros Definitivos (Balance General y Estado de Pérdidas y Ganancias con corte a 31 de diciembre de 2002), debidamente certificados por el representante legal y contador público y dictaminados por el revisor fiscal cuando haya lugar, donde se desglosen los ingresos brutos obtenidos por el desarrollo de actividades portuarias durante el año 2002, de conformidad con lo establecido en el Decreto 2091del 28 de diciembre de 1992, reglamentario de la Ley 1ª de 1991.

De igual forma aquellos vigilados que...

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