Circular 00175-2003 de Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, de 28 de Noviembre de 2003
28 NOV. 2003
PARA: DIRECTOR DE LA POLICIA FISCAL Y ADUANERA,
DIRECTORES REGIONALES,
ADMINISTRADORES ESPECIALES DE ADUANAS,
ADMINISTRADORES LOCALES Y DELEGADOS DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES.
ADMINISTRADORES LOCALES Y DELEGADOS DE ADUANAS NACIONALES.
TODOS LOS DEL PAÌS.
DE: DIRECTOR DE ADUANAS
ASUNTO: PRECIOS DE REFERENCIA DE PRODUCTOS AGROPECUARIOS
Con fundamento en las facultades asignadas por el literal v) del artículo 23 del Decreto 1071 de 1.999 y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 237 del Decreto 2685 de 1999, con el objeto de dotar de elementos de juicio a los funcionarios encargados de ejercer el control del valor en aduana de las mercancías que son objeto de importación, por medio de la presente circular estoy remitiendo, con carácter ilustrativo, el estudio elaborado sobre precios para PRODUCTOS AGROPECUARIOS procedentes de cualquier país, vigentes del 1 al 15 de diciembre de 2003.
De conformidad con la Decisión G/VAL/26 del 18 de mayo de 2000, del Comité de Valoración en Aduana de la Organización Mundial de Comercio OMC, a partir del 1 de mayo de 2003, Colombia no continuará aplicando precios oficiales para la valoración de mercancías importadas.
Al respecto sírvase tener en cuenta las siguientes consideraciones relativas a su aplicación.
A. FUENTES DE INFORMACIÓN
Precios suministrados por el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural de Colombia.
B. PROCEDIMIENTO
Con fundamento en los elementos de juicio señalados, se extractaron los datos que sirvieron de base para la elaboración de la presente circular.
C. PRECIOS
PRECIOS FOB, PUERTO DE EMBARQUE, PAÍS DE ORIGEN, POR TONELADA MÉTRICA.
SUBPARTIDA ARANCELARIA | DESCRIPCION | PRECIO UNITARIO US$ |
02.01.10.00.00 | Carne de bovino refrigerada | 3.157 |
02.02.10.00.00 | Carne de bovino congelada | 3.157 |
02.07.11.00.00 | Carnes y despojos comestibles de gallos y gallinas sin trocear frescos o refrigerados | 1.562 |
02.07.12.00.00 | Carne y despojos de gallos o gallinas sin trocear congelados | 1.562 |
02.07.24.00.00 | Carne y despojos comestibles de pavo, sin trocear, frescos o refrigerados | 1.472 |
02.07.25.00.00 | Carne y despojos comestibles de pavo sin trocear congelados | 1.472 |
02.07.32.00.00 | Carne y despojos de pato, ganso y pintadas sin trocear, frescos o refrigerados | 1.562 |
04.05.10.00.00 | Mantequilla | 2.522 |
04.05.90.20.00 | Grasa láctea anhidra | 2.522 |
04.06.10.00.00 | Queso fresco | 5.710 |
04.06.20.00.00 | Queso de cualquier tipo rayado o en polvo | 7.384 |
04.06.30.00.00 | Queso fundido excepto el rayado o en polvo | 3.795 |
07.13.10.90.00 | Arveja seca desvainada | 294 |
07.13.20.90.00 | Garbanzos secos desvainados | 584 |
SUBPARTIDA ARANCELARIA | DESCRIPCION | PRECIO UNITARIO US$ |
07.13.31.90.00 | Fríjol vigna | 623 |
07.13.32.90.00 | Frijoles adzuki | 623 |
07.13.33.91.00. | Fríjol negro | 623 |
07.13.33.92.00 | Fríjol canario | 623 |
07.13.33.99.00 | Demás Fríjoles comunes | 623 |
07.13.39.91.00 | Fríjol pallares | 623 |
07.13.39.92.00 | Fríjol castilla | 623 |
07.13.39.99.00 | Demás fríjoles | 623 |
07.13.40.90.00 | Lenteja |
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