Circular OCSA-003 - 31 de Agosto de 2002 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43180651

Circular OCSA-003

EmisorUnidades Administrativas Especiales - Unidad Administrativa Especial Aeronáutica Civil
Número de Boletín44918

Título: Aprobación de aeronavegabilidad para la instalación del equipo GPS de uso especial en aeronaves reguladas bajo el Capítulo VII de la parte cuarta del RAC.

Fecha emisión: 2002-06-01

  1. Propósito

    Establecer un método aceptable para obtener la aprobación de Aeronavegabilidad para alteraciones de aviónica que involucre instalación, actualización, legalización o cambio del Sistema de Posicionamiento Global, GPS, para uso especial y no de navegación, bajo reglas VFR.

  2. Aplicabilidad

    Esta Circular Reglamentaria (CR) tiene aplicabilidad a Propietarios, Explotadores y Talleres que requieren efectuar una alteración de aviónica que involucre instalación, actualización, legalización o cambio del Sistema de Posicionamiento Global, GPS, para uso especial y no de navegación, bajo reglas VFR, sin contar con datos técnicos aprobados, basado en un estudio de ingeniería que deberá ser evaluado y aprobado por la UAEAC en Aeronaves que operen en territorio Colombiano, con un peso máximo de despegue certificado de 5670 Kg. (12500 Lb.) o menos y regidas por el capítulo VII ¿Normas y requisitos especiales de aeronavegabilidad para aeronaves de servicios aéreos comerciales en trabajos especiales¿ de la Parte Cuarta del Reglamento Aeronáutico Colombiano (RAC).

    Esta CR no tiene aplicabilidad para las aeronaves de servicio aéreo comercial de transporte regular o las aeronaves de servicio aéreo comercial de transporte no regular. Estas aeronaves deberán cumplir con los numerales aplicables estipulados en el capítulo primero de la parte cuarta (4.1.10 b) o con el numeral 9.2.6.4 literal a) del RAC.

  3. Antecedentes

    Los requisitos de Aeronavegabilidad mínimos son aquellos mediante los cuales se emite el Certificado Tipo de la Aeronave. Toda instalación de equipos adicionales o modificaciones de los existentes, es un cambio al diseño Tipo de la aeronave, y requiere ser aprobado como una alteración por la UAEAC. Debe considerarse que la adición o remoción de equipos que implican cambios de peso podrían afectar la integridad estructural, el peso y balance, características de vuelo o el desempeño del avión.

    El uso progresivo de nuevas tecnologías tales como los Sistemas de Posicionamiento Global como una herramienta en el desarrollo de trabajos para la agricultura, aerofotogrametría, aerofotografía, geología y similares, ha obligado a que las entidades aeronáuticas permitan y faciliten su aplicación en aeronaves que desarrollan dichas tareas, previo cumplimiento de unos requisitos técnicos básicos. Se han denominado estos equipos por el tipo de trabajos ya mencionados como de Uso Especial sin olvidar que los mismos no se utilizarán como medio de ayuda a la navegación de la aeronave, dándoles así el calificativo de No-navegación.

    3.1 Regulaciones aplicables RAC

Parte cuarta capítulo I del RAC, ¿Normas generales de mantenimiento, mantenimiento preventivo, reconstrucción y alteración¿.

Circular Reglamentaria OCSA-001 ¿Elegibilidad, calidad e identificación de partes aeronáuticas para reemplazo¿

Numeral 4.3.6 y 4.14.1.16 Circulares Reglamentarias.

Numeral 4.14.1.17 Equipos electrónicos a bordo.

3.2 Documentos guía

Guía para Inspector de Aeronavegabilidad, Volumen 2, parte 1, capítulo III ítem 3 Requerimientos de Aprobación de Ingeniería, literal B

  1. Vigencia

    La presente CR se encuentra en Revisión Original y no supersede ninguna CR anterior sobre el tema.

  2. Definiciones y abreviaturas

    Las definiciones a continuación relacionadas aplican al contenido informativo de esta circular y fueron adicionadas a este documento debido a que no se encuentran referenciadas en los Reglamentos Aeronáuticos de Colombia Parte Primera.

    ¿ CR. Circular Reglamentaria, documento que suministra información o impartir instrucciones de obligatorio cumplimiento en defensa de la seguridad aérea y en relación con la ejecución de actividades aeronáuticas.

    ¿ Data Sheet. Se refiere a la hoja de Datos de l Certificado Tipo, documento donde se referencia las características técnicas de la aeronave y sus componentes.

    ¿ Datos Aprobados. Pueden ser Certificado Tipo, Certificado Tipo suplementario(STC), Directivas de Aeronavegabilidad (DA), instrucciones aprobadas por la autoridad aeronáutica del país de...

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