CIRCULAR 006 RD 6102 - 22 de Junio de 2017 - Registro distrital - Legislación - VLEX 690919861

CIRCULAR 006 RD 6102

Número de BoletínREGISTRO DISTRITAL 6102 22 JUNIO 2017
EmisorVeeduria Distrital
REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6102 • pP. 1-74 • 2017 • JUNIO 22
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estos documentos, la publicidad es un requerimiento,
pero hacerlo de manera adecuada es dar cumplimiento
a un derecho.
La Alta Consejera Distrital TIC, tiene a su disposición
los formatos establecidos para dar cumplimiento a las
políticas de datos abiertos, a lo cual también se debe
de dar cumplimiento.
Para nalizar, se recomienda mantener el acceso a los
PAAC y Mapas de las vigencias anteriores, así como
las evidencias del seguimiento al que fueron sujetos
estos documentos.
Para la Veeduría Distrital, la apuesta es seguir tra-
bajando con las entidades en promover que estos
ejercicios se hagan de manera comprometida, integral
y cumpliendo los plazos y criterios establecidos por
la Ley.
Cordial saludo,
JAIME TORRES MELO
Veedor Distrital
Circular Conjunta Número 006
PARA: SECRETARIOS DE DESPACHO, DIRECTO-
RES DE DEPARTAMENTOS ADMINISTRATIVOS,
GERENTES Y DIRECTORES DE UNIDADES AD-
MINISTRATIVAS ESPECIALES, ESTABLECIMIEN-
TOS PUBLICOS, EMPRESAS INDUSTRIALES Y
COMERCIALES DEL ESTADO, SOCIEDADES DE
ECONOMIA MIXTA, EMPRESAS SOCIALES DEL
ESTADO DEL ORDEN DISTRITAL, EMPRESAS DE
SERVICIOS PÚBLICOS, ALCALDES LOCALES,
JEFES DE LAS OFICINAS DE CONTROL INTERNO
y JEFES DE LAS OFICINAS DE ATENCION A LA
CIUDADANÍA
DE: SECRETARIO GENERAL Y VEEDOR DIS-
TRITAL
ASUNTO: IMPLEMENTACIÓN FORMATO DE
ELABORACIÓN Y PRESENTACIÓN DE INFORMES
DE QUEJAS Y RECLAMOS.
FECHA: 7 de marzo de 2017 Bogotá, D.C.
Cómo es de su conocimiento, el Decreto Distrital No.
371 de 20101 3, en el artículo tercero numerales 3 y
4, señala que las entidades del Distrito Capital deben
garantizar “el registro de la totalidad de las quejas,
reclamos, sugerencias y solicitudes de información
que reciba cada Entidad, por los diferentes canales, en
1 Por el cual se establecen lineamientos para preservar y fortalecer la
transparencia y para la prevención de la corrupción en las Entidades y
Organismos del Distrito Capital".
el Sistema Distrital de Quejas y Soluciones, así como
también la elaboración de un informe estadístico men-
sual de estos requerimientos, a partir de los reportes
generados por el mismo, el cual deberá ser remitido a
la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá,
D.C., y a la Veeduría Distrital, con el n de obtener
una información estadística precisa, correspondiente
a cada entidad”.
Por lo anterior, la Veeduría Distrital y la Secretaría
General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, han diseña-
do un formato para la elaboración y preparación del
citado informe el cual deberá ser implementado por
las entidades distritales a partir del mes de marzo y
presentado en el mes de abril de la presente vigencia.
En adelante, el informe deberá ser presentado tanto
a la Secretaría General, como a la Veeduría Distrital
a más tardar los primeros 15 días hábiles del mes
siguiente al respectivo corte.
La debida presentación del informe en mención, debe
ser registrada en la página web de la Red Distrital de
Quejas y Reclamos http://redquejas.veeduriadistrital.
gov.co - sin que se haga necesario remitir la informa-
ción por ocio o de manera escrita.
Es importante destacar que dicho formato fue elabo-
rado y ajustado en desarrollo del trabajo realizado por
el nodo intersectorial de Informes PQRS, de la red
Distrital de Quejas y Reclamos. Esta circular deroga
la 087 de 2015.
Cualquier información relacionada con el diligencia-
miento del formato, podrá ser resuelta en el correo
serviciociudadania@veeduriadistrital.gov.co
RAÚL BUITRAGO ARIAS
Secretario General
JAIME TORRES MELO
Veedor Distrital
Circular Número 007
PARA: SECRETARIOS DE DESPACHO, DIRECTO-
RES DE DEPARTAMENTOS ADMINISTRATIVOS,
GERENTES Y DIRECTORES DE UNIDADES AD-
MINISTRATIVAS ESPECIALES, ESTABLECIMIEN-
TOS PÚBLICOS, EMPRESAS INDUSTRIALES Y
COMERCIALES DEL ESTADO, SOCIEDADES DE
ECONOMÍA MIXTA, EMPRESAS SOCIALES DEL
ESTADO DEL ORDEN DISTRITAL, EMPRESAS
DE SERVICIOS PÚBLICOS, ALCALDES LOCALES,
JEFES DE LAS OFICINAS DE CONTROL INTERNO
y JEFES DE LAS OFICINAS DE ATENCIÓN A LA
CIUDADANÍA

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