Circular 01 - 14 de Junio de 2005 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43222949

Circular 01

EmisorEstablecimientos Públicos - Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos
Número de Boletín45939

Para: Fabricantes, comercializadores e importadores de medicamentos.

De: Comisión Nacional de Precios de Medicamentos.

Fecha: Marzo 29 de 2005.

Referencia: Decisiones de la Comisión Nacional de Precios de Medicamentos, tomadas en la Sesión 01 de 2005.

En ejercicio de las facultades de la Comisión Nacional de Precios de Medicamentos y teniendo en cuenta:

  1. El Artículo 60 de la Ley 81 de 1988, el cual establece los regímenes de control de precios.

  2. El parágrafo único del artículo 245 de la Ley 100 de 1993, el cual otorga a la Comisión Nacional de Precios de Medicamentos la facultad para la formulación de la Política de Regulación de precios de los medicamentos de que gozaba el anterior Ministerio de Desarrollo Económico, hoy Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, de acuerdo con la Ley 81 de 1988.

  3. Que de acuerdo con el Decreto 413 de 1994 y el parágrafo único del artículo 245 de la Ley 100 de 1993, es función de la Comisión Nacional de Precios de Medicamentos revisar y establecer los criterios generales para la formulación de la política de regulación de precios de medicamentos.

  4. Que de acuerdo con el tercer inciso del parágrafo único del artículo 245 de la Ley 100 de 1993 es función del anterior Ministerio de Desarrollo, hoy Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, hacer el seguimiento y control de precios de los medicamentos según la política fijada por la Comisión.

  5. Que el Principio Activo Ciclosporina se incorporó al régimen de Libertad Regulada de acuerdo con lo establecido en la Circular número 2 del 26 de noviembre de 2004 de la Comisión Nacional de Precios de Medicamentos.

  6. Que el Principio Activo Ciclosporina está clasificado como un Inmunosupresor. Asimismo, se encuentra incluido en el listado del Acuerdo 228 de 2002, manual de medicamentos del plan obligatorio de salud en el Capítulo Principios Activos para Uso Especializado, Grupo Transplante de Organos.

La Comisión Nacional de Precios de Medicamentos,

DECIDE:

Artículo 1º Retirar el Principio Activo Ciclosporina de la Circular número 2 del 26 de noviembre...

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