CIRCULAR 012 RD 6319 - 24 de Mayo de 2018 - Registro distrital - Legislación - VLEX 725734413

CIRCULAR 012 RD 6319

Número de BoletínREGISTRO DISTRITAL 6319 24 MAYO 2018
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REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6319 • pP. 1-9 • 2018 • MAYO 24
Circular Número 012
PARA: VICEVEEDOR, VEEDORES DELEGADOS,
JEFES DE OFICINA, CENTROS DE GESTIÓN, FUN-
CIONARIOS Y CONTRATISTAS DE LA VEEDURÍA
DISTRITAL
DE: VEEDOR DISTRITAL
ASUNTO: ADOPCIÓN DEL SECOP II EN LA VEE-
DURÍA DISTRITAL
FECHA: 12 de julio de 2017
Atendiendo lo dispuesto en la Circular 001 de 2017
expedida por el Alcalde Mayor de Bogotá D.C y el
compromiso suscrito entre el Veedor Distrital y la Di-
rectora de la Agencia Nacional para la Contratación
Pública Colombia Compra Eciente, la Ocina Asesora
de Jurídica de la Veeduría Distrital en el mes de marzo
de 2017 inició capacitaciones en la nueva versión del
Sistema Electrónico de Contratación Pública SECOP
II, cuya plataforma es completamente transaccional,
lo cual le permite a Compradores y/o Proveedores de
bienes y servicios adelantar los procesos de contra-
tación en línea y en tiempo real.
En las capacitaciones efectuadas desde el 15 de mar-
zo hasta el pasado 7 de julio, se generaron ejercicios
prácticos para la realización de contrataciones bajo
todas las modalidades de selección, con el objeto de
conocer la plataforma para, posteriormente, adoptar
el SECOP II en los procesos de contratación de la
Veeduría Distrital.
Teniendo en cuenta lo anterior, para el segundo se-
mestre del año 2017 se adelantará toda la contratación
de la Entidad a través del SECOP II, con el n de dar
cumplimiento a los compromisos adquiridos por la
Veeduría Distrital, así como a la política de gobierno
abierto a los ciudadanos, jada en el Eje Transversal
4 del Plan Distrital de Desarrollo “Bogotá Mejor para
Todos”, para una gestión pública más transparente,
eciente y dispuesta a brindar un mejor servicio.
En virtud de lo expuesto, se invita tanto a los funciona-
rios como a los contratistas de la Entidad a consultar
los Manuales, Guías y Formatos de uso del SECOP II
que se encuentran en la página www.colombiacompra.
gov.co. Igualmente, se informa a todas las personas,
tanto jurídicas como naturales, que pretendan celebrar
contratos con la Veeduría Distrital o que presten sus
servicios a la misma, que es necesario realizar el regis-
tro como Proveedores del Estado en el Sistema antes
del 30 de agosto de 2017, toda vez que la Entidad no
podrá celebrar ningún tipo de contrato con personas
jurídicas o naturales que no se encuentren inscritas
en el SECOP II.
En caso de requerir atención personalizada sobre el
trámite de inscripción en el SECOP II, se recomienda
comunicarse con la Mesa de Servicio dispuesta por la
Agencia Nacional de Contratación Pública Colombia
Compra Eciente, en la cual podrá recibir asistencia
respecto del paso a paso del registro o cualquier otra
inquietud sobre el Sistema. Así mismo, es posible asis-
tir a las capacitaciones impartidas por dicha Entidad,
previa inscripción, en su sede ubicada en la Carrera 7
No. 26-20 Piso 17, Edicio Seguros Tequendama de
la ciudad de Bogotá D.C.
Finalmente, la Ocina Asesora de Jurídica de la Vee-
duría Distrital se encuentra a disposición para prestar
el apoyo requerido por las áreas con el n de adelantar
las actividades necesarias para la adecuada implemen-
tación del SECOP II.
Cordial saludo,
JAIME TORRES-MELO
Veedor Distrital
PARA: SERVIDORES PÚBLICOS DE LA VEEDURÍA
DISTRITAL
DE: JAIME TORRES MELO VEEDOR DISTRITAL
ASUNTO: REQUISITOS PARA LA SOLICITUD DE
BENEFICIOS CONTENIDOS EN EL ACTA FINAL DE
ACUERDOS A LAS PETICIONES PRESENTADAS
POR EL SINDICATO DE TRABAJADORES DE LA
VEEDURIA DISTRITAL – SINTRAVEEDURÍA – A LA
VEEDURÍA DISTRITAL -.
FECHA: 13 DE JULIO DE 2017
Los servidores públicos de la Veeduría Distrital, tie-
nen derecho, previa solicitud del interesado, a que se
les reconozca y paguen los permisos consagrados
en los numerales 3 y 11 del Acta Final de Acuerdos
a las peticiones presentadas por el Sindicato de
Trabajadores de la entidad – Sintraveeduría – y que
fueron adoptados mediante la Resolución No. 067
del 7 de abril de 2017.
Estos permisos son: Numeral 3 “Medio día de des-
canso en la fecha de cumpleaños del funcionario, o
medio día del hábil siguiente en caso de que dicha
fecha coincida con una jornada no laboral; y Nu-
meral 7: “Una hora diaria de permiso remunerado,
sin requerir compensación, a los funcionarios que
estén adelantando estudios en educación formal
de primaria, bachillerato, pregrado o posgrado. Las

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