CIRCULAR 017 RD 6319 - 24 de Mayo de 2018 - Registro distrital - Legislación - VLEX 725734489

CIRCULAR 017 RD 6319

Número de BoletínREGISTRO DISTRITAL 6319 24 MAYO 2018
REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6319 • pP. 1-12 • 2018 • MAYO 24
12
de Control Interno de las entidades distritales
deberán entregar los informes de evaluación a
las acciones contempladas en el Plan Antico-
rrupción y de Atención al Ciudadano –PAAC- de
cada entidad, los planes operativos y los planes
de mejoramiento vigentes.
Cordial saludo,
JAIME TORRES-MELO
Veedor Distrital
Circular Número 017
PARA: SECRETARIOS DE DESPACHO; DIRECTO-
RES DE DEPARTAMENTOS ADMINISTRATIVOS;
GERENTES Y DIRECTORES DE UNIDADES ADMI-
NISTRATIVAS ESPECIALES, ESTABLECIMIENTOS
PÚBLICOS, EMPRESAS INDUSTRIALES Y COMER-
CIALES DEL ESTADO Y SOCIEDADES DE ECONO-
MÍA MIXTA; EMPRESAS SOCIALES DEL ESTADO
DEL ORDEN DISTRITAL, ALCALDES LOCALES,
DE: VEEDOR DISTRITAL
ASUNTO: REPORTE DE INFORMACION CONTRAC-
TUAL PARA RENDICIÓN DE CUENTAS 2017
FECHA: 10 de noviembre de 2017
De conformidad con los artículos 78 de la Ley 1474 de
2011 y 1 del Acuerdo 380 de 2009, el cual señala que la
Administración Distrital, a través del Alcalde Mayor, pre-
sentará en el mes de marzo de cada año, un informe
de Rendición de Cuentas de la Gestión Contractual y
Administrativa a la ciudadanía en general, solicitamos a
usted remitir a la Veeduría Distrital en medio magnético,
a más tardar el lunes 15 de enero de 2018, el reporte de
la información contractual de su Entidad en el período
comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre
de la vigencia 2017, tanto de los recursos de inversión
como de funcionamiento y operación.
El Ordenador del Gasto es el responsable de la veraci-
dad de la información que se reporta, la cual debe dili-
genciarse en el formato de Excel, que se encuentra en
la página web www.veeduriadistrital.gov.co a través del
link Enlaces de interés Rendición de Cuentas Distrital:
1 DEMOCRATIZACIÓN DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA. Modifíquese el
artículo 32 de la Ley 489 de 1998, que quedará así:
Todas las entidades y organismos de la Administración Pública tienen la
obligación de desarrollar su gestión acorde con los principios de demo-
cracia participativa y democratización de la gestión pública. Para ello
podrán realizar todas las acciones necesarias con el objeto de involucrar
a los ciudadanos y organizaciones de la sociedad civil en la formulación,
ejecución, control y evaluación de la gestión pública.
http://veeduriadistrital.gov.co/transparencia/informacion-
interes/publicacion/Otras-publicaciones/FormatoRendicion
Para efectos de una mejor comprensión y calidad de la
información a reportar, anexamos el INSTRUCTIVO PARA
DILIGENCIAMIENTO DEL FORMATO DE RENDICIÓN
DE CUENTAS A 31 DE DICIEMBRE DE 2017, en el cual
se explica paso a paso cada una de los datos de la base
de datos y la manera de diligenciarla.
Es muy importante para la Veeduría Distrital, conocer los
datos de contacto de la persona que va a ser el enlace para
cualquier tipo de aclaración o corrección de la información
reportada, por lo que solicitamos que dichos datos sean
incluidos en el punto 9 del encabezamiento de la base
de datos.
Para efectos de atender cualquier inquietud o aclaración,
favor comunicarse con:
Lady Diana Matallana Castellanos (lmatallana@veedu-
riadistrital.gov.co)
Denis Helbert Morales (dmorales@veeduriadistrital.gov.
co)
Jazmin Andrea Cumbe Pastrana (acumbe@veeduríadis-
trital.gov.co)
Teléfono 340 76 66 ext. 502.
Finalmente, nos permitimos destacar la importancia que
reviste para el éxito del proceso de rendición de cuentas
de la Administración Distrital, el envío de la información
en la oportunidad, medios y metodología solicitados, por
lo cual la Veeduría Distrital ejercerá el control, vigilancia
y seguimiento al cumplimiento de la directriz señalada en
la presente comunicación.
Cordial saludo,
JAIME TORRES-MELO
Veedor Distrital
Circular Conjunta Número 018
PARA: SECRETARIOS DE DESPACHO, DIRECTO-
RES DE DEPARTAMENTOS ADMINISTRATIVOS,
GERENTES Y DIRECTORES DE UNIDADES AD-
MINISTRATIVAS ESPECIALES, ESTABLECIMIEN-
TOS PÚBLICOS, EMPRESAS INDUSTRIALES Y
COMERCIALES DEL ESTADO, SOCIEDADES DE
ECONOMÍA MIXTA, EMPRESAS SOCIALES DEL
ESTADO DEL ORDEN DISTRITAL, EMPRESAS DE
SERVICIOS PÚBLICOS Y JEFES DE LAS OFICINAS
DE CONTROL INTERNO

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