Circular 021
Emisor | Unidades Administrativas Especiales - Comisión Nacional de Televisión |
Número de Boletín | 46333 |
PARA: CONCESIONARIOS DEL SERVICIO DE TELEVISION POR SUSCRIPCION, PRESTATARIOS DEL SERVICIO DE TELEVISION SATELITAL DIRECTA AL HOGAR Y COMUNIDADES ORGANIZADAS OPERADORAS DEL SERVICIO DE TELEVISION COMUNITARIA SIN ANIMO DE LUCRO.
DE: JORGE FIGUEROA CLAUSEN
Director
ASUNTO: RECEPCION Y TRANSMISION OBLIGATORIA DEL CANAL DEL CONGRESO DE LA REPUBLICA.
De conformidad con el artículo 19 de la Ley 335 de 1996, los concesionarios del servicio de Televisión por Suscripción y los operadores del servicio de Televisión Comunitaria sin Animo de Lucro están obligados a ¿reservar un canal exclusivo para transmitir la señal que origina el Canal del Congreso de la República¿.
Ahora bien, al tenor de lo establecido en el literal b) del artículo 20 de la Ley 182 de 1995, el servicio de Televisión Satelital Directa al Hogar hace parte de la Televisión por Suscripción, por lo que en lo no regulado específicamente para ella le son aplicables las mismas obligaciones establecidas para la televisión por suscripción, lo cual es acorde con lo dispuesto por el artículo 21 de la Ley 335 de 1996 y el concepto de la Subdirección de Asuntos Legales 2004IE5778.
Para tal efecto se informa que la señal satelital del Canal del Congreso será distribuida por RTVC a través del satélite NSS-806@319,5º, transpondedor 24B/24B, Polarización Circular: RHCP/LHCP con Frecuencia central: 6240Mhz./4015Mhz. La información técnica detallada de este y los demás canales que distribuye RTVC, es la que aparece en cuadro adjunto.
Teniendo en cuenta lo anterior, se hace saber a todos los operadores a quienes va dirigida la presente circular que a partir del próximo 19 de julio de 2006, deben dar estricto cumplimiento a la obligación establecida en el citado artículo 19 de la Ley 335 de 1996, garantizando así a todos sus usuarios la recepción de la señal satelital del Canal del Congreso de la República.
Atentamente,
El Director,
Jorge Figueroa Clausen.
PLAN DE FRECUENCIAS RED DE TELEVISION RTVC
Satélite NSS-806@319,5º
Transpondedor 24B / 24B
Polarización Circular: RHCP / LHCP
Frecuencia central: 6240Mhz. / 4015Mhz.
mod
b/r
rs
fec
r-0
sr
bw
Up c
Down c
Dow l
Guarda
¿
¿
¿
¿
¿
¿
0.2
6222.10
3997.1
Telepacífico
qpsk
3386
204/188
3/4
1.35
2.45
3.3
6223.85
3998.85
1151.15
Guarda
¿
¿
¿
¿
¿
¿
0.2
6225.60
4000.6
TeleCafé
qpsk
3386
204/188
3/4
1.35
2.45
3.3
6227.35
4002.35
1147.65
Guarda
¿
¿
¿
¿
¿
¿
0.2
6229.10
4004.1
T.R.O.
qpsk
3936
204/188
7/8
1.35
2.45
3.3
6230.85
4005.85
1144.15
Guarda
¿
¿
¿
¿
¿
¿
0.2
...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba