Circular 088-2002 de Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, de 16 de Mayo de 2002
CIRCULAR No.088
16 MAYO 2002
PARA:DIRECTOR DE LA POLICIA FISCAL Y ADUANERA,
DIRECTORES REGIONALES,
ADMINISTRADORES ESPECIALES DE ADUANAS,
ADMINISTRADORES LOCALES Y DELEGADOS DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES.
ADMINISTRADORES LOCALES Y DELEGADOS DE ADUANAS NACIONALES.
TODOS LOS DEL PAÌS.
DE: DIRECTOR DE ADUANAS
ASUNTO: PRECIOS DE REFERENCIA DE PRODUCTOS AGROPECUARIOS
Con fundamento en las facultades asignadas por el literal v) del artículo 23 del Decreto 1071 de 1.999 y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 2º de la Decisión 378 de 1995, con el objeto de dotar de elementos de juicio a los funcionarios encargados de ejercer el control del valor en aduana de las mercancías que son objeto de importación, por medio de la presente circular estoy remitiendo, con carácter ilustrativo, el estudio elaborado sobre precios para PRODUCTOS AGROPECUARIOS vigentes del 16 al 31 de mayo de 2002.
Al respecto sírvase tener en cuenta las siguientes consideraciones relativas a su aplicación.
A. FUENTES DE INFORMACIÒN
Precios suministrados por el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural de Colombia.
B. PROCEDIMIENTO
Con fundamento en los elementos de juicio señalados, se extractaron los datos que sirvieron de base para la elaboración de la presente circular.
C. PRECIOS
PRECIOS FOB, PUERTO DE EMBARQUE, PAÍS DE ORIGEN, POR TONELADA MÉTRICA.
SUBPARTIDA ARANCELARIA | DESCRIPCION | PRECIO UNITARIO US$ |
02.01.10.00.00 | Carne de bovino refrigerada | 2.334 |
02.02.10.00.00 | Carne de bovino congelada | 2.334 |
02.07.32.00.00 | Patos, ganzos y pintadas | 1.454 |
04.05.10.00.00 | Mantequilla | 1.386 |
04.05.90.20.00 | Grasa láctea anhidra | 1.386 |
04.06.20.00.00 | Queso de cualquier tipo rayado o en polvo | 6.677 |
04.06.30.00.00 | Queso fundido excepto el rayado o en polvo | 3.178 |
07.13.10.90.00 | Arveja seca desvainada | 309 |
07.13.20.90.00 | Garbanzos secos desvainados | 595 |
07.13.40.90.00 | Lenteja seca desvainada | 294 |
10.01.90.20.90 | Los demás trigos | 115 |
12.04.00.90.00 | Semilla lino ,incluido quebrantada | 245 |
12.05.90.90.00 | Semillas de nabo(nabina) o de colza | 199 |
15.04.20.90.00 | Los demás grasas y aceites y sus fracciones de pescado o de mamíferos excepto los aceite de hígado . | 620 |
15.07.90.00.90 | Aceite de soya refinado | 388 |
15.14.11.00.00 | Aceite en bruto de nabo, colza y sus fracciones, incluso refinados pero sin modificar químicamente... | 413 |
SUBPARTIDA ARANCELARIA | DESCRIPCION | PRECIO UNITARIO US$ |
15.14.19.00.00 | Aceite de nabo, colza y sus fracciones, incluso refinados pero sin modificar químicamente excepto aceite en bruto | 611 |
15.15. |
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