CIRCULAR 026 RD 5298 - 13 de Febrero de 2014 - Registro distrital - Legislación - VLEX 492059694

CIRCULAR 026 RD 5298

Número de BoletínREGISTRO DISTRITAL 5298 13 FEBRERO 2014
EmisorSecretaria General
3
REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 48 • Número 5298 • pP. 1-3 • 2014 • FEBRERO 13
REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 48 • Número 5298 • pP. 1-2 • 2014 • FEBRERO 13
2
la restricción a la circulación de vehículos automotores
particulares en la Zona Centro, entre las 6:00 y las 8:30
horas y entre las 15:00 y las 19:30 horas de acuerdo
con lo establecido en el artículo tercero del Decreto
575 de 2013.
ARTÍCULO 2°.- El presente decreto rige a partir de la
fecha de su publicación.
Dado en Bogotá, D. C., a los trece (13) días del
mes de febrero de dos mil catorce (2014).
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
GUSTAVO PETRO U.
Alcalde Mayor
SECRETARÍA GENERAL -
ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ, D. C.
(Febrero 12 de 2014)
Para: Representantes Legales, Revisores Fis-
cales y contadores de Corporaciones,
Asociaciones, Fundaciones y Entidades
de Utilidad Común bajo la inspección,
vigilancia y control de la Subdirección Dis-
trital de Inspección, Vigilancia y Control de
Personas Jurídicas sin Animo de Lucro de
la Secretaría General de la Alcaldía Mayor
de Bogotá, D.C.
De: Secretaria General de la Alcaldía Mayor de
Bogotá, D.C
Asunto:Solicituddeinformaciónnanciera, con-
table y otras disposiciones.
Esta Secretaría General, a través de la Subdirección
Distrital de Inspección, Vigilancia y Control de Per-
sonas Jurídicas sin Animo de Lucro, con base en las
facultades de inspección, vigilancia y control sobre
instituciones de utilidad común domiciliadas en Bogotá,
otorgadas con base en el artículo 189 numeral 26 de la
Constitución Política y de acuerdo a la delegación del
Presidente de la República al Alcalde Mayor de Bogotá,
mediante los Decretos 432 y 1318 de 1988, 1093 de
1989 y 525 de 1990 y en especial a lo dispuesto en
los artículos 38 y 48 del Decreto Distrital 059 de 1991,
podrá solicitar proyectos de presupuesto y los balances
de cada ejercicio, con arreglo a las normas vigentes,
examen de libros, cuentas y demás documentos que
considere necesarios a efectos de asegurar que las
instituciones de utilidad común cumplan la voluntad
de los fundadores y asociados, conserven o inviertan
debidamente sus rentas y se ajusten en su formación
y funcionamiento a las leyes, decretos y sus propios
estatutos.
Para tal efecto es necesario impartir las siguientes
instrucciones:
DE LA INFORMACION FINANCIERA
1. Numero PIN. Las Corporaciones, Asociaciones,
Fundaciones y Entidades de Utilidad Común bajo
la inspección, vigilancia y control de la Secretaría
General, podrán obtener una clave electrónica
denominada PIN, la cual le permitirá acceder al
Sistema de Información de Personas Jurídicas
SIPEJ, esta debe ser solicitada y habilitada por
la Subdirección Distrital de Inspección Vigilancia
y Control de Personas Jurídicas Sin Ánimo de
Lucro, dependencia que estará presta a indicar
los procedimientos a que haya lugar y la docu-
mentación que deba allegarse para la asignación
del respectivo PIN.
2. Presentación Financiera y Contable. Las Corpo-
raciones, Asociaciones, Fundaciones y Entidades
de Utilidad Común bajo la inspección, vigilancia
y control de la Secretaría General, deberán pre-
sentar información nanciera y contable a 31 de
diciembre del año inmediatamente anterior, a más
tardar al 30 de abril de cada año.
3. Información a suministrar. La documentación
a presentar por parte de las Corporaciones, Aso-
ciaciones, Fundaciones y Entidades de Utilidad
Común bajo la inspección, vigilancia y control de
la Secretaría General será:
a) Estados Financieros comparativos (No hay
lugar a comparar cuando los dos periodos
no son completos, con el año inmediata-
mente anterior)
b) Notas a los Estados Financieros
c) Certicación de Estados nancieros
d) Dictamen del Revisor Fiscal (Si lo hay)
e) Informe de Gestión
f) Acta del órgano estatutariamente facultado
en la cual se aprueban los Estados Finan-
cieros, Informe de Gestión y destinación
de Excedentes del año inmediatamente
anterior.
g) Proyecto de presupuesto a ejecutar
CIRCULAR DE 2014

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR