Circular conjunta externa número 014 de 2020 - 20 de Noviembre de 2020 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 852735752

Circular conjunta externa número 014 de 2020

EmisorSuperintendencias - Superintendencia de Transporte
Número de Boletín51504

PARA: Empresas de Transporte Terrestre Automotor de Pasajeros por

Carretera; Empresas de Transporte Terrestre Automotor Especial; Terminales de Transporte; Dirección de Tránsito y Transporte de la Policía Nacional

DE: Superintendencia de Transporte

Dirección de Transporte y Tránsito del Ministerio de Transporte

ASUNTO: Ampliación del término para el registro de contratos de temporada alta e intención de uso del parque automotor en la modalidad especial, para suplir la alta demanda de la temporada de fin de año, según lo dispuesto en la Resolución número 264 de 2020 1. Instrucciones

1.1. Ampliación del plazo para el registro: Ampliar hasta el próximo 29 de noviembre de 2020, el plazo concedido en la Circular número 064 de 2016 para la presentación oportuna de contratos y/o intención de hacer uso del parque automotor en la modalidad de especial, para atender la época de alta demanda correspondiente al periodo entre el 10 de diciembre de 2020 al 15 de enero de 2021.

1.2. Formalización de los contratos o intención de uso del parque automotor vinculado, durante la ampliación: La formalización deberá realizarse de la siguiente manera: (i) deberá registrar los contratos de temporada alta o la intención de uso del parque automotor, según el caso, en el formulario dispuesto por la Superintendencia de Transporte en el formato Excel, disponible en https://www.supertransporte.gov.co/index.php/ comunicaciones/contratos-temporada/; y (ii) deberá enviar lo soportes de los contratos o intenciones de uso que registró en el formulario Excel, junto con la constancia de remisión al correo electrónico conveniosterrestreespecial@supertransporte.gov.co dentro del plazo concedido.

1.3. No modificación del reporte realizado: La presente ampliación no modifica o invalida el reporte realizado hasta el 18 de octubre de 2020 y aquellos contratos que cumplieron las formalidades establecidas, serán tenidos en cuenta para el periodo de alta demanda de fin de año.

1.4. Consulta de contratos formalizados por parte de las terminales de transporte: Para realizar el despacho de vehículos desde las terminales de transporte, estas deberán revisar la página web de la Superintendencia de Transporte con el fin de validar que estos

se encuentran registrados para prestar el servicio público de transporte por la entidad. No será necesario radicar los contratos ni ningún otro documento por parte de las empresas ante las terminales de transporte terrestre.

1.5 Despachos no autorizados:...

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