Circular conjunta externa número 000041 de 2021 - 2 de Julio de 2021 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 870826723

Circular conjunta externa número 000041 de 2021

EmisorMinisterio del Interior - Ministerio de Salud y Protección Social
Número de Boletín51723

OFI2021-18195-DMI-1000

Bogotá, D. C., 2 de julio de 2021.

PARA: GOBERNADOR DEL HUILA Y ALCALDE DEL MUNICIPIO DE NEIVA.

DE: MINISTERIO DEL INTERIOR Y MINISTERIO DE SALUD Y PROTECCIÓN

SOCIAL.

ASUNTO: SITUACIÓN EPIDEMIOLÓGICA DEL DEPARTAMENTO DEL HUILA Y EL MUNICIPIO DE NEIVA.

Respetados mandatarios,

Como es de su conocimiento, la Organización Mundial de la Salud, el 11 de marzo de 2020, declaró que el brote de Coronavirus Covid-19 es una pandemia, esencialmente por la velocidad de su propagación e instó a los Estados a tomar acciones urgentes y decididas que mitiguen el contagio.

Por lo anterior y con el objeto de adoptar medidas que sigan contribuyendo en la disminución del contagio, la eficaz identificación de los casos y sus contactos y la recuperación de los casos confirmados, el Ministerio de Salud y Protección Social, mediante Resolución número 385 de 2020 declaró la emergencia sanitaria en todo el territorio nacional y por medio de la Resolución número 738 de mayo 28 de 2021, emitida por el Ministerio de Salud y Protección Social, se prorrogó la emergencia sanitaria hasta el 31 de agosto de 2021.

Así mismo, con la expedición del Decreto número 418 del 18 de marzo 2020 se dictaron medidas transitorias para expedir normas en materia de orden público. En el artículo 1º se indicó que "la dirección del orden público con el objeto de prevenir y controlar la propagación del Coronavirus Covid-19 en el territorio nacional y mitigar sus efectos, en el marco de la emergencia sanitaria por causa del coronavirus Covid-19, estará en cabeza del Presidente de la República". Por su parte, en el artículo 3º, se indicó que "las instrucciones, actos y ordenes que emitan los gobernadores y alcaldes municipales y distritales en materia de orden público, con relación a la emergencia sanitaria por causa del coronavirus Covid-19, deberán ser comunicados de manera inmediata al Ministerio del Interior."

El Decreto número 580 de 2021, en su artículo 5º determina que "Cuando un municipio presente una variación negativa en el comportamiento de la pandemia Coronavirus Covid-19 el Ministerio de Salud y Protección Social enviará al Ministerio del Interior un informe que contenga la descripción de la situación epidemiológica del municipio relacionada con el coronavirus Covid-19 y las actividades que estarán permitidas para el municipio, con lo cual, se ordenará por intermedio del Ministerio del Interior el cierre de las actividades respectivas a la entidad territorial".

En Colombia se han evidenciado tres grandes curvas de contagio a nivel nacional, la primera observada entre los meses de septiembre y octubre, la segunda entre diciembre y enero y la tercera entre marzo y junio, cabe resaltar que en el tercer pico se evidenció una mayor aceleración del contagio comparado con los dos anteriores, el cual podría estar explicado entre otros factores por la presencia de nuevos linajes con mayor contagiosidad en el país, así como las aglomeraciones observadas en el mes de mayo en casi todo el país. Igualmente, es de resaltar, que el comportamiento del tercer pico tuvo un comportamiento asincrónico entre regiones, por lo cual se debe realizar un análisis epidemiológico diferencial en cada territorio antes de tomar medidas o acciones que puedan generar impactos en el contagio y la mortalidad por Covid-19.

Según datos del Sivigila con corte al 29 de junio de 2021, en Huila el número de contagios por Covid-19 confirmados asciende a 70.724 casos de los cuales el 3,6% (2.530) se encuentran activos actualmente, con una tasa de contagio acumulada de 6.273,86 casos por 100.000 habitantes, y presenta una positividad del 26%, y una ocupación en UCI del 75%, así mismo, se observa con una curva de contagios por fecha de inicio de síntomas que aún se encuentra en aumento, y lo cual indica que se ha sostenido la velocidad de transmisión. En cuanto a los fallecidos, presenta un total de 2.368 muertes, una tasa de mortalidad de 210,06 muertes por cada 100.000 habitantes, y una letalidad 3,35%, al igual que los contagios la curva de fallecidos continua con una tendencia al aumento, con el rezago propio de las defunciones con respecto a los contagios.

De otra parte, la ciudad de Neiva registra un total de 45.881 casos confirmados, de los cuales el 3,0% (1.391) se encuentran activos, una tasa de contagio acumulada de 12.539 por cada 100.000 habitantes, una positividad del 23%, y una ocupación en UCI del 89%, un total de 1.311 casos fatales, para una tasa de mortalidad de 358,29 por cada 100.000 habitantes, y una letalidad de 2,86%. Al igual que el comportamiento del departamento, presenta una curva de contagios y de muertes con una tendencia al aumento, siendo esta mucha más pronunciada con la del departamento. Debe resaltarse además que ante un eventual mayor aceleración de los contagios el departamento, esta sería principalmente absorbida por la capital, la cual como se explicó, tiene una alta ocupación de UCI que podría llevar a valores más críticos en pocos días.

El índice de resiliencia es una medida pensada como orientador de una apertura gradual y progresiva, desde una perspectiva departamental, por eso considera la capacidad instalada la cuál debe mantenerse a largo plazo, pero esto no suspende la obligación de las autoridades sanitarias de proteger la capacidad del sistema de salud en todo momento, por lo que las medidas deben partir del principio de precaución, racionalidad, progresividad y beneficencia. Al margen del valor del índice no se puede dejar de realizar este análisis epidemiológico y de la disponibilidad de los servicios de salud siempre que se avancen en las aperturas.

Teniendo en cuenta lo anterior, cabe mencionar que la resolución 777 de 2021, establece que si la ocupación de camas UCI es mayor al 85% a nivel departamental no se permitirán eventos de carácter público o privado que superen las 50 personas. Sin embargo, en este contexto, dada la concentración...

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