Circular conjunta externa número 00000002 de 2023 - 3 de Enero de 2023 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 918146594

Circular conjunta externa número 00000002 de 2023

EmisorMinisterio de Salud y Protección Social - Instituto Nacional de Salud
Número de Boletín52266

PARA: GOBERNACIONES, ALCALDÍAS, SECRETARÍAS

DEPARTAMENTALES, DISTRITALES Y MUNICIPALES DE SALUD O QUIEN HAGA SUS VECES, INSTITUCIONES PRESTADORAS DE SERVICIOS DE SALUD - IPS- ENTIDADES PROMOTORAS DE SALUD - EPS -, ENTIDADES QUE

ADMINISTRAN PLANES VOLUNTARIOS DE SALUD, ENTIDADES ADAPTADAS, ENTIDADES QUE ADMINISTRAN

LOS REGÍMENES ESPECIALES Y DE EXCEPCIÓN, ASÍ COMO EL FONDO NACIONAL DE SALUD DE LAS PERSONAS PRIVADAS DE LA LIBERTAD

DE: MINISTRA DE SALUD Y PROTECCIÓN SOCIAL DIRECTOR

GENERAL DEL INSTITUTO NACIONAL DE SALUD

ASUNTO: Instrucciones para la intensificación y fortalecimiento de las acciones de prevención, atención integral, vigilancia y control de dengue en Colombia.

El subprograma de arbovirosis, y el dengue como su evento trazador, constituyen una de las prioridades de salud pública en el territorio nacional, dado su patrón de transmisión endémica en cerca de 826 municipios del país con presencia del vector Aedes aegypti, así como la circulación simultánea de los cuatro serotipos del virus y una dinámica de presentación de ciclos epidémicos cada tres años (2010, 2013, 2016 y 2019), por lo que se prevé para finales del 2022 e inicio del 2023, el ingreso a una nueva fase epidémica por este evento de interés en salud pública.

Desde el segundo semestre de 2021 se ha registrado un incremento de casos de dengue con mayor afectación en la región Caribe y expandiéndose a otros territorios, lo que ubica al país en situación de alerta desde mediados de abril de 2022. De igual forma se ha identificado un aumento en la proporción de casos de dengue con signos de alarma y dengue grave; este último con una representación del 12,0 % de la morbilidad entre la semana epidemiológica 01 a la semana 35 de 2022, superando el promedio de los últimos siete años el cual fue del 1,2 % (2015 -2021).

Así mismo, se ha reportado desde el Instituto de Hidrología, Meteorología y Estudios Ambientales (IDEAM) en sus boletines de seguimiento al ciclo Enos de 2022, que es probable que las condiciones del fenómeno de La Niña continúen durante diciembre de 2022 y febrero de 2023, lo que incide en el incremento de condiciones que favorecen el crecimiento de criaderos potenciales del vector Aedes aegypti y, así mismo, la magnitud de casos en las regiones endémicas más afectadas por estos fenómenos ambientales. En este sentido, debe activarse una respuesta integral, oportuna y eficiente para reducir la morbilidad y mortalidad por esta causa. Así, este Ministerio en ejercicio de sus funciones, como órgano rector del Sector Salud y de Protección Social, encargado de la dirección, orientación y conducción del Sistema de Salud de acuerdo con lo establecido en el Decreto ley 4107 de 2011 y el Instituto Nacional de Salud, en el ámbito de sus competencias, de acuerdo con el Decreto ley 4109 de 2011, consideran necesario impartir las siguientes instrucciones a los destinatarios de la presente circular así:

1 SECRETARÍAS DE SALUD DEPARTAMENTALES, DISTRITALES Y MUNICIPALES O LA ENTIDAD QUE HAGA SUS VECES.

1.1 Plan de trabajo regular integral de dengue

  1. Conformar y poner en operación al interior de cada secretaría de salud departamental, distrital y municipal categoría especial, 1, 2 y 3, los grupos funcionales e interdisciplinarios de Enfermedades Transmitidas por Vectores (ETV) con la participación de, como mínimo, las áreas de prevención y control, vigilancia en salud pública puntualmente el laboratorio de virología (si aplica), entomología (si aplica) y vigilancia epidemiológica; salud ambiental, prestación de servicios, aseguramiento y el Centro Regulador de Urgencias y Emergencias (CRUE). Dicho grupo funcional debe realizar reuniones periódicas, que en el caso de situaciones de contingencia no podrán superar la periodicidad mensual. Para el caso de los municipios categorías 4, 5, 6, esta labor será ejercida por la Secretaría de Salud departamental.

  2. Realizar, revisar y ajustar, desde los grupos funcionales territoriales, el plan de trabajo regular integral de dengue con un seguimiento periódico, así como los planes de contingencia territorial. El plan de trabajo debe contener como mínimo las líneas estratégicas, actividades, responsables, cronograma e indicadores de resultado y de proceso, armonizados con las líneas operativas del Plan Estratégico Nacional de arbovirosis y los lineamientos para la gestión y operación de los programas de ETV del Ministerio de Salud y Protección Social, vigentes para cada año. Para el caso de los planes de contingencia, estos deben ser avalados y activados ante situaciones de brote por las instancias establecidas en el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Emergencias y Desastres del nivel territorial.

  3. Activar desde los departamentos, distritos y municipios categoría especial, 1, 2 y 3 la sala de análisis de riesgo o sala situacional ante el incremento de casos por encima de lo esperado, el aumento en los indicadores de letalidad por dengue u otra situación que requiera la intervención del nivel territorial para dar respuesta integral. Para el caso de los municipios categorías 4, 5, 6, esta labor será ejercida por la Secretaría de Salud departamental.

  4. Realizar el seguimiento a las acciones de vigilancia, promoción, prevención y control desde los departamentos a sus municipios, incluyendo aquellos categoría especial, 1, 2 y 3 y enviar de forma mensual el reporte consolidado al nivel nacional en la estructura requerida por el Instituto Nacional de Salud y el Ministerio de Salud y Protección Social a través de los lineamientos nacionales de vigilancia en salud pública, los lineamientos de prevención y control y el Plan Nacional de Contingencia de dengue. La prioridad de remisión de reportes corresponde a las intervenciones realizadas en los municipios clasificados como de muy alta y alta transmisión y aquellos en situación de brote y presencia de muertes por dengue.

  5. Consolidar y enviar de forma mensual desde los grupos funcionales de las secretarías de salud departamental y distrital, los informes de acciones realizadas en el marco del plan de trabajo al nivel nacional, conforme a la estructura y cronograma establecido.

  6. Contar con el recurso humano necesario para atender e implementar las intervenciones del plan de trabajo y realizar la gestión administrativa para garantizar los desplazamientos requeridos a los municipios de su jurisdicción, de modo que se desarrollen intervenciones oportunas del programa regular y la atención de contingencias por brotes o epidemias.

    1.2 Vigilancia en salud pública

    1.2.1 Vigilancia epidemiológica

  7. Dar cumplimiento a lo dispuesto en el protocolo y los lineamientos de vigilancia en salud pública, garantizando la operación del sistema de vigilancia y la calidad de la información en cada uno de los niveles. Disponibles en: https://www.ins.gov.co/ Direcciones/Vigilancia/Paginas/Lineamientos-y-documentos.aspx y https://www.ins.gov. co/buscador-eventos/Paginas/Fichas-y-Protocolos.aspx

  8. Fortalecer la red de vigilancia epidemiológica a través de la difusión y socialización del protocolo y los lineamientos nacionales de vigilancia en salud pública en cada uno de los niveles, así como mediante la realización de asistencias técnicas y acompañamiento de los departamentos a municipios y los municipios a las Unidades Primarias Generadoras de Datos (UPGD), para el cumplimiento de los lineamientos según las responsabilidades asignadas.

  9. Mantener en la entidad territorial un seguimiento semanal del comportamiento epidemiológico de dengue mediante el análisis de comportamientos inusuales. Para esta actividad se han dispuesto, desde el Instituto Nacional de Salud, diferentes módulos en el Portal Sivigila, como son el módulo Incidencias - Canales endémicos y el módulo de

    comportamientos inusuales, los cuales se pueden consultar en el siguiente enlace: http:// portalsivigila.ins.gov.co/Paginas/datos.aspx?cod=69

  10. Fortalecer el análisis epidemiológico y la focalización de acciones de vigilancia, control, promoción y prevención a nivel territorial mediante el uso de herramientas geográficas o espaciales dispuestas por el Instituto Nacional de Salud en el GeoVisorSivigila, disponible en el enlace: http://186.154.202.159/ y mediante la revisión de la Matriz de alertas, seguimiento de situaciones ambientales y efectos en salud - MASSAES que puede ser consultada en el siguiente enlace: https://rpubs.com/GFRA-INS/dashboards

  11. Realizar análisis periódicos de la situación epidemiológica del evento de acuerdo con lo dispuesto en el protocolo de vigilancia en salud pública y socializarlos con los demás actores del grupo funcional a través de los Comité de...

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