Circular Conjunta número 001 de 2021 - Normativa - VLEX 878819913

Circular Conjunta número 001 de 2021

Fecha de publicación20 Agosto 2021
CIRCULAR CONJUNTA 001 DEL 20 DE AGOSTO DE 2021
PARA:
REPRESENTANTES LEGALES DE LOS ESTABLECIMIENTOS DE
CRÉDITO, ENTIDADES ASEGURADORAS, SOCIEDADES
FIDUCIARIAS Y ENTIDADES PÚBLICAS
DE:
SUPERINTENDENCIA FINANCIERA DE COLOMBIA Y LA
AGENCIA NACIONAL DE CONTRATACIÓN PÚBLICA -COLOMBIA
COMPRA EFICIENTE
ASUNTO:
MECANISMOS PARA FORTALECER LA DEBIDA DILIGENCIA DE
LOS BENEFICIARIOS DE PÓLIZAS DE SEGUROS, GARANTÍAS
Y AVALES BANCARIOS, Y PATRIMONIOS AUTÓNOMOS
CONSIDERACIONES GENERALES
La Superintendencia Financiera de Colombia es la autoridad encargada de
supervisar las actividades financiera, bursátil, aseguradora y cualquier otra
relacionada con la captación, manejo y aprovechamiento de los recursos del
público. En desarrollo del principio de transparencia e información cierta, suficiente
y oportuna que rige las relaciones entre los consumidores financieros y las
entidades vigiladas consagrado en el artículo 3 de la Ley 1328 de 2009 y en ejercicio
de lo dispuesto en el literal a) del numeral 3 del artículo 326 del Estatuto Orgánico
del Sistema Financiero y el numeral cuarto del artículo 11.2.1.4.2 del Decreto 2555
de 2010, la Superintendencia Financiera de Colombia, considera oportuno elevar
los estándares en materia de información y de seguridad de las transacciones.
La Agencia Nacional de Contratación Pública -Colombia Compra Eficiente-, es un
organismo técnico especializado que tiene como objetivo desarrollar e impulsar
políticas públicas y herramientas, orientadas a la organización y articulación de los
partícipes en los procesos de compras y contratación pública con el fin de lograr
una mayor eficiencia, transparencia y optimización de los recursos del Estado.
En desarrollo de las funciones antes previstas y con el fin de implementar
mecanismos adicionales de verificación y recordar la debida diligencia que les asiste
a las entidades estatales en la validación del origen e integridad de los documentos
que soportan las garantías y avales bancarios, contratos de seguro de cumplimiento
y los patrimonios autónomos, sin perjuicio de la importancia del recto obrar de los
proponentes y contratistas del Estado en estos asuntos, la Superintendencia
Financiera de Colombia y la Agencia Nacional de Contratación Pública -Colombia
Compra Eficiente-, imparten las siguientes instrucciones:
PRIMERA: Las entidades vigiladas por la Superintendencia Financiera de Colombia
deberán ajustar los procedimientos actualmente existentes para facilitar a los
beneficiarios e interesados, la confirmación del origen, características y elementos
relevantes de las garantías bancarias, los contratos de seguro de cumplimiento y
los patrimonios autónomos otorgados como garantías, los cuales deben ser
expedidos a través de documentos electrónicos integrales con valor legal y
técnicamente asegurados mediante firmado digital y estampado cronológico,
además de poseer mecanismos tecnológicos como pueden ser códigos QR, hash,
alfanuméricos o CUFE, entre otros, que permitan la verificación en línea, por Internet
o a través de aplicaciones móviles. Lo anterior, con el propósito de garantizar su
validez, integridad y completitud.

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