Circular conjunta número 000010 de 2009 - 24 de Marzo de 2009 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 54677191

Circular conjunta número 000010 de 2009

Número de Boletín47301

En consecuencia, a partir del 5 de noviembre de 2008, fecha de ejecutoria del mencionado fallo, juridicamente resulta improcedente retirar del servicio a los gerentes o directores de Empresas Sociales del Estado del orden territorial, invocando como causal la señalada en el articulo 32 de la Ley 1151 de 2007.

Finalmente, se aclara que el Decreto 357 de 2008 y la Resolucion 473 del mismo año expedida por el Ministerio de la Proteccion Social, mantienen su vigencia en lo atinente a los aspectos diferentes al retiro del servicio como consecuencia de la evaluacion insatisfactoria de los Planes de Gestion.

Publiquese y cumplase.

Dada...

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