Circular Externa 000025 - 26 de Enero de 2006 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43232960

Circular Externa 000025

EmisorSuperintendencias - Superintendencia Nacional de Salud
Número de Boletín46163

Para: Entidades que exploten, administren u operen el juego de lotería tradicion al o de billetes y el juego de apuestas permanentes o chance y sus gerentes, miembros de juntas directivas, representantes legales y revisores fiscales.

Asunto: Seguridad y transparencia en la realización de sorteos de lotería tradicional o de billetes y de juegos autorizados para efectos de apuestas permanentes o chance.

  1. Presentación

    De conformidad con lo previsto en el artículo 3° de la Ley 643 de 2001, por la cual se expide el régimen propio del monopolio de juegos de suerte y azar, la explotación de las diversas modalidades de juegos de suerte y azar que integran el monopolio debe efectuarse de conformidad con los principios de finalidad social prevalente, transparencia, racionalidad económica en la operación y vinculación de la renta a los servicios de salud.

    En atención al principio de transparencia, la explotación de los juegos de suerte y azar debe garantizar que su operación esté ¿(¿) exenta de fraudes, vicios o intervenciones tendientes a alterar la probabilidad de acertar, o a sustraerla del azar (¿)¿ y, a fin de asegurar la plena vigencia de dicho principio, el artículo 20 de la ley del régimen propio del monopolio exige que los sorteos del juego de lotería tradicional o de billetes se realicen a través del sistema hidroneumático o de balotas o de cualquier otro que corresponda a los adelantos técnicos, siempre y cuando garantice la seguridad y transparencia de los mismos.

    De la literalidad de la disposición contenida en el referido artículo 20 de la Ley 643 de 2001, es inequívoca la intensión del legislador de excluir de la realización de los sorteos de lotería tradicional o de billetes aquellos mecanismos que no impliquen la aplicación de adelantos técnicos y que no garanticen, al mismo tiempo, seguridad y transparencia en el juego, razón por la cual la realización de sorteos a través del sistema de ruedas fichet debe excluirse de la operación de la mencionada modalidad de juegos de suerte y azar, no sólo por cuanto dicho mecanismo no supone innovación tecnológica alguna, sino, además, por la facilidad con que aquél puede sustraerse del azar.

    La semejanza existente entre los sorteos de lotería tradicional o de billetes y aquellos correspondientes a los juegos autorizados para efectos de la operación del juego de apuestas permanentes o chance, de que tratan los artículos 21 de la Ley 643 de 2001 y del Decreto 1350 de 2003 y, la necesidad de...

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