Circular Externa 0002 - 19 de Enero de 2002 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43170242

Circular Externa 0002

EmisorSuperintendencias - Superintendencia de la Economía Solidaria
Número de Boletín44681

DIARIO OFICIAL 44.681 CIRCULAR EXTERNA 0002 19/01/2002 Para: Representantes Legales, Miembros de los Organos de Administración y Vigilancia, Revisores Fiscales y Asociados de las entidades sometidas a la supervisión de la Superintendencia de la Economía Solidaria. De: Elvia María Mejía Fernández Superintendente de Economía Solidaria Asunto: Instrucciones sobre Asambleas Generales Fecha: 16 enero 2002 Apreciados señores: Esta Superintendencia imparte las siguientes instrucciones que deberán tenerse en cuenta para la realización de asambleas generales de las entidades vigiladas, elección de delegados, elección de órganos de administración y vigilancia, presentación de planchas para proveer esos cargos y aplicación del sistema de cuociente electoral para la elección de los mismos. El acta de la reunión respectiva deberá contener, como mínimo, en su cuerpo: número de acta; tipo de asamblea (ordinaria o extraordinaria); fecha, hora y lugar de la reunión; forma y antelación de la convocatoria y órgano que convoca de acuerdo con los estatutos; número de asociados convocados y número de asociados o delegados asistentes; constancia del quórum deliberatorio; orden del día; asuntos tratados; nombramientos efectuados bajo el sistema de elección establecido en los estatutos; decisiones adoptadas y el número de votos a favor, en contra, en blanco o nulos; constancias presentadas por los asistentes; fecha y hora de la clausura, entre otros. Para todo tipo de asamblea, la junta de vigilancia o el órgano que haga sus veces, deberá verificar el listado de asociados hábiles e inhábiles y publicar la lista de estos últimos de conformidad con los estatutos. Dicha lista deberá ser suscrita por los miembros de dicho órgano y en ella se dejará constancia de la fecha de publicación. Si algún miembro del referido órgano de vigilancia no está de acuerdo con el listado de asociados hábiles o inhábiles, deberá dejar constancia en tal sentido con las observaciones que tenga sobre el particular. Cuando la asamblea se realice por el sistema de delegados, deberá allegarse a esta Superintendencia el reglamento para su elección y las actas de escrutinio correspondientes a la misma. Cuando en la asamblea se apruebe una reforma estatutaria o se elijan miembros de los órganos de administración y vigilancia, es preciso dejar constancia en el acta sobre el número de asociados presentes en el momento de someter a aprobación la reforma estatutaria o en el momento de la elección...

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