Circular Externa 00036 - 1 de Agosto de 2006 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43240050

Circular Externa 00036

EmisorMinisterio de Salud
Número de Boletín46347

PARA: Direcciones Departamentales Distritales y Municipales de Salud.

DE: Ministro de la Protección Social.

ASUNTO: Pago de los Recursos del Régimen Subsidiado a las ARS.

FECHA: 28 julio de 2006.

El Ministerio de la Protección Social en ejercicio de las facultades establecidas en el Decreto 205 de 2003, se permite impartir las siguientes instrucciones en relación con el adecuado pago de los recursos del régimen subsidiado a las ARS:

  1. De conformidad con el artículo 57 de la Ley 715 de 2001 y la minuta de contrato del régimen subsidiado adoptada mediante Resolución 838 de 2004 del Ministerio de la Protección Social, todos los recursos destinados a la financiación del régimen subsidiado hacen unidad de caja y en consecuencia el pago a las ARS no está sujeto al flujo de recursos de las diferentes fuentes de financiación sino a la disponibilidad en caja en el respectivo fondo local, distrital o departamental de salud respectivamente.

  2. Es responsabilidad de las entidades territoriales que suscriban contratos del régimen subsidiado contar con una interventoría permanente, interna o externa según lo señalado en el artículo 49 del Acuerdo 244 de 2003 del CNSSS.

    Conforme a esta obligación, las entidades territoriales no pueden demorar el pago a las ARS por no contar con...

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