Circular Externa 0004 - 22 de Abril de 2004 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43206607

Circular Externa 0004

EmisorSuperintendencias - Superintendencia del Subsidio Familiar
Número de Boletín45527

Dependencia: 5000

Destino: Directores Administrativos, Revisores Fiscales y Contadores.

De: Superintendente del Subsidio Familiar.

Asunto: Informe ejecución Fondo de Apoyo al Empleo y Protección al Desempleo, Fonede.

Fecha: 25/03/2004 04:10:43 p.m.

En cumplimiento de lo establecido en el artículo 24 de la Ley 789 de 2002 y artículo 7º del Decreto 2150 de 1992, con el fin de atender lo dispuesto en los artículos , , , , 10, 11 y 12 de la Ley 789 de 2002, en lo relacionado con la información del Fonede, me permito solicitar lo siguiente:

Las Cajas de Compensación Familiar deberán diligenciar en forma adecuada el formato EJEFONEDE-01 que se anexa a la presente con su respectivo instructivo, correspondiente a la ejecución mensual del Fonede, el cual debe ser presentado por las Corporaciones ante esta Superintendencia debidamente firmado por el Director Administrativo y Revisor Fiscal, antes del último día hábil del¿ mes siguiente al que corresponda dicha información.

El formato descrito anteriormente, reemplaza a partir de la fecha el establecido mediante Circular Externa 0023 del 18 de diciembre de 2003, numeral 2.3.9, denominado Fonede-02.

Finalmente y por esta vez, las Cajas deberán remitir este formato debidamente diligenciado y firmado, antes del próximo 7 de abril, con la información correspondiente a los meses de enero y febrero del año 2004, en forma separada cada mes.

Atentamente,

Edmundo Conde Zamorano.

SUPERINTENDENCIA DEL SUBSIDIO FAMILIAR

DIVISION OPERATIVA

FONDO FOMENTO EMPLEO / PROTECCION DESEMPLEO FONEDE

INSTRUCTIVO PARA EL DILIGENCIAMIENTO DEL FORMATO MENSUAL DE EJECUCION

Notas: Este formato se debe diligenciar con la información ejecutada tanto mensual como el acumulado del año respectivo.

Las celdas sombreadas no deben ser diligenciadas.

  1. Saldo Inicial

    Se registra en esta casilla el valor con el cual se inicia cada mes o año, debe ser igual al saldo final del mes o año anterior.

  2. Fuentes:

    Son todos aquellos recursos con los cuales se financia este Fondo.

    2.1. Diferencia por valor del 55%, de los mayores de 18 años

    Corresponde a la aplicación del porcentaje establecido a diciembre de 2002, sobre el subsidio en dinero pagado sobre las personas a cargo mayores de 18 años.

    2.2. Valor del porcentaje no ejecutado al sostenimiento de la SSF

    Se registra el valor no ejecutado del año anterior, relacionado con la contribución de las Cajas para el sostenimiento de la Superintendencia.

    2.3. Disminución Gastos de Administración (2%)

    Corresponde a la aplicación del porcentaje que se disminuye para el concepto de gastos de administración, establecido en la Ley 789 de 2002.

    2.4. % según cuociente particular

    2.4.1, 2.4.2 o 2.4.3. Corresponde a la aplicación del porcentaje establecido anualmente, de acuerdo con el cálculo del cuociente particular y nacional.

    1% Cuociente < al 80%, 2% Cuociente entre el 80 y 100% y...

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