Circular Externa 0006 - 31 de Julio de 2006 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43240024

Circular Externa 0006

EmisorSuperintendencias - Superintendencia del Subsidio Familiar
Número de Boletín46346

Dependencia: 0180.

Destino: Consejos Directivos, Directores Administrativos, Revisores Fiscales.

De: Superintendente del Subsidio Familiar.

Asunto: Adopción de medidas para evitar la destinación de recursos de la seguridad social para participación en política.

Fecha: 16/02/2006.

De conformidad con lo dispuesto en los numerales 1 y 4 del artículo 24 de la Ley 789 de 2002, es función de la Superintendencia del Subsidio Familiar vigilar el cumplimiento de las disposiciones constitucionales y legales relacionadas con la organización y funcionamiento de las Cajas de Compensación Familiar; las demás entidades recaudadoras y pagadoras del subsidio familiar, en cuanto al cumplimiento de este servicio; y las entidades que constituyan o administren una o varias de las entidades sometidas a su vigilancia, siempre que comprometan fondos del subsidio familiar; así como instruir a las entidades vigiladas sobre la manera como deben cumplirse las disposiciones que regulan su actividad en cuanto sujetos vigilados, fijar los criterios técnicos y jurídicos que faciliten el cumplimiento de las normas que les compete aplicar y señalar los procedimientos para su cabal aplicación.

La Ley Estatutaria de Garantías Electorales 996 de 2005 para garantizar la transparencia del proceso y de la adecuada utilización de los bienes del Estado, ha establecido en su artículo 38 una serie de prohibiciones para los servidores públicos, que en razón de los recursos que administran las Cajas de Compensación Familiar ameritan que esta Superintendencia, en cumplimiento de lo establecido en el artículo 48 de la Constitución Política, adopte las medidas necesarias para evitar que los recursos de la Seguridad Social se destinen a fines diferentes de ella.

En desarrollo de tales funciones y con el fin de prevenir infracciones a la norma constitucional citada y a lo establecido en el artículo 44 de la Ley 21 de 1982, concordante con lo dispuesto en el numeral 19 del artículo 24 de la Ley 789 de 2002, según el cual las Cajas...

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