Circular Externa 0008 - 4 de Diciembre de 2001 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43168142

Circular Externa 0008

EmisorSuperintendencias - Superintendencia de la Economía Solidaria
Número de Boletín44636

DIARIO OFICIAL 44.636 CIRCULAR EXTERNA 0008 27/11/2001 Para: Representantes legales, miembros de los órganos de administración y vigilancia y revisores fiscales de las entidades sometidas a la supervisión de la Superintendencia de la Economía Solidaria. De: Superintendente Asunto: Tratamiento contable de la cuenta ¿revalorizacion del patrimonio¿. Fecha: 27 de noviembre de 2001 Apreciados señores: Este despacho ha considerado conveniente dar instrucciones sobre el tratamiento que se debe dar al saldo de la cuenta ¿Revalorización del Patrimonio¿ a partir de la Resolución No. 632 del 20 de junio de 2001, por medio de la cual se eliminó la aplicación de los ajustes integrales por inflación. Para el efecto, por medio de la presente circular se indican las etapas para darle destino y, por ende, tratamiento contable al saldo de la mencionada cuenta, así: 1. Compensación de los ajustes realizados a los activos no monetarios y a la depreciación acumulada, contra la cuenta ¿Revalorización del Patrimonio¿. Teniendo en cuenta que los ajustes por inflación generaron un mayor valor de los activos no monetarios, estos ajustes se deberán cruzar contra la cuenta Revalorización del Patrimonio, hasta la concurrencia de ésta. Si el saldo de la cuenta revalorización del patrimonio no alcanzare a cubrir la totalidad de los ajustes por inflación de los activos no monetarios, dicho saldo se cruzará contra alguno o algunos de los ajustes a los activos y sus respectivas depreciaciones. En este caso, los saldos de ajustes por inflación que no alcanzaron a compensarse, harán parte del costo en libros de tales activos. En el evento en que los activos no monetarios producto del anterior procedimiento...

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