Circular Externa 003 - 14 de Febrero de 2004 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43204171

Circular Externa 003

EmisorSuperintendencias - Superintendencia de Industria y Comercio
Número de Boletín45461

Para: Cámaras de Comercio

Asunto: Modificación Título VIII, Capítulo Segundo de la circular única (calificación).

  1. Objeto

    Concluida la labor de calificación y clasificación de las cámaras de comercio del año 2002, la Superintendencia de Industria y Comercio encuentra necesario reajustar los puntajes de los aspectos por evaluar, de tal manera que se disminuirán los puntos en aquellos ítems donde las cámaras de comercio han adelantado un proceso de adecuación y se aumentará el puntaje a los asuntos en los cuales se requiere centrar la atención a fin de realizar la calificación de la vigencia 2003. Igualmente a efectos de ajustar la calificación, el informe anual de registros públicos deberá ser presentado de acuerdo con la estructura del anexo 4.1, denominado "informe anual de los registros públicos" adjunto a la presente circular, el cual elimina el formato 1020-F01.

  2. Fundamento legal

    Con fundamento en los numerales 7 y 21 del artículo 2º del Decreto 2153 de 1992, corresponde a la Superintendencia de Industria y Comercio ejercer el control y vigilancia de las Cámaras de Comercio e instruir a los destinatarios de esta entidad sobre la manera como deben cumplirse las disposiciones en las materias objeto de su competencia, fijar los criterios que faciliten su cumplimiento y señalar los procedimientos para su cabal aplicación.

  3. Instructivo

    3.1 El numeral 2.1.2.1 del Capítulo Segundo Título VIII quedará así:

    2.1.2.1 Calificación

    Las cámaras de comercio se calificarán atendiendo el cumplimiento de las reglas señaladas en el numeral 2.2.1 de este título, así:

    Aspectos Puntos

    1. Grupo de servicio público de registro 200 puntos

  4. Control sobre libros de registro 5 puntos

  5. Procedimientos y formas de llevar los registros

    2.1 Procedimientos 60 puntos

    2.2 Certificaciones 20 puntos

    2.3 Cumplimiento de términos para resolver los trámites de registro 10 puntos

    2.4 Notificación de actos administrativos 10 puntos

    2.5 Recepción de estados financieros 10 puntos

  6. Reglamento interno y manuales de procedimiento para los trámites de registro 10 puntos

  7. Tarifas cobradas por concepto de registro y su publicidad 40 puntos

  8. Archivo de documentos de registro público 25 puntos

  9. Publicación de la noticia mercantil 10 puntos

    1. Grupo de atención al público 100 puntos

  10. Información al público 10 puntos

  11. Areas de atención al público e infraestructura disponible 10 puntos

  12. Capacitación a los usuarios sobre los registros 20 puntos

  13. PQR,s 30 puntos

  14. Cobertura del registro en la jurisdicción 30 puntos

    1. Grupo administrativo y contable 200 puntos

  15. Aspectos contables y administrativos

    1.1 Aspectos contables 60 puntos

    1.2 Aspectos financieros 50 puntos

    1.3 Aspectos presupuestales 15 puntos

    1.4 Aspectos administrativos 30 puntos

  16. Afiliados

    2.1 Afiliación de comerciantes 5 puntos

    2.2 Tarifas de afiliación 5 puntos

    2.3 Servicios ofrecidos a los afiliados 5 puntos

  17. Cumplimiento de términos 30 puntos

    3.2 El literal a) del numeral 2.1.3.2 del Capítulo Segundo del Título VIII quedará así:

    2.1.3.2 Información periódica

    1. Informe de los registros: Para efectos del seguimiento a la prestación de los servicios de registro y de la atención a los usuarios por parte de las cámaras de comercio, estas deberán diligenciar en su integridad y radicar en esta Superintendencia, trimestralmente, el informe señalado en el informe trimestral de los registros públicos 1020-F02 anexo 4.2 y cada año el informe anual de los registros públicos anexo 4.1, suscritos por el representante legal y el revisor fiscal.

    3.3 Elimínese el formato 1020-F01 de que trata el literal a) del numeral 2.1.3.2 del Capítulo II...

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