Circular Externa 004 - 20 de Julio de 2002 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43178316

Circular Externa 004

EmisorMinisterio de Defensa Nacional
Número de Boletín44873

Destinatario(S): Creadores de Mercado a Aspirantes a Creadores de Mercado de Títulos de Deuda Pública, Bolsas de Valores, Superintendencia de Valores, Superintendencia Bancaria, Ministerio de Hacienda y Crédito Público y Banco de la República.

ASUNTO: Adicionar la Circular Externa 003 de 2001.

OBJETO DE LA PRESENTE CIRCULAR

1. Adicionar el numeral 2 de la Circular Externa 003 de 2001 en el sentido de incluir las características de la emisión de BONOS DE CAPITALIZACION BANCA PUBLICA FOGAFIN del 3 de mayo de 2002.

2C CARACTERISTICAS DE LOS BONOS DE CAPITALIZACIÓN BANCA PUBLICA FOGAFIN

Los bonos cuya emisión será objeto de subasta en una segunda etapa, tienen las siguientes características:

¿ Fecha de emisión

3 de mayo de 2002

¿ Clase de Títulos

Bonos de Capitalización Banca Pública Fogafín.

¿ Ley de Circulación.

A la orden.

¿ Monto de la Emisión.

Cuatrocientos veintidós mil novecientos cuarenta y cinco millones de pesos ($422.945.000.000), para un total de 422.945 de bonos a emitir.

¿ Valor nominal y monto mínimo de suscripción.

El valor nominal de cada bono será de un millón de pesos ($1.000.000). El monto mínimo de suscripción de los bonos será de un millón de pesos ($1.000.000).

¿ Series, plazo y monto de emisión de cada serie.

La serie, el plazo y el monto de cada una de las series de los títulos es el que se relaciona a continuación:

Serie Plazo Monto

1 Dos años $60.779 millones

2 Cuatro años $179.829 millones

3 Seis años $60.779 millones

4 Ocho años $121.558 millones

En todas las series los plazos se cuentan a partir de la fecha de emisión.

¿ Amortización del capital.

El pago del capital se realizará al vencimiento del título.

¿ Rentabilidad.

Los Bonos de Capitalización Banca Pública Fogafín tendrán la siguiente rentabilidad de acuerdo con su serie:

Serie Plazo Rentabilidad

1 Dos años DTF

2 Cuatro años DTF + 2%

3 Seis años DTF + 2%

4 Ocho años DTF + 2.5%

Por DTF se entiende la tasa efectiva anual calculada semanalmente por el Banco de la República, con base en el promedio ponderado de las tasas de interés efectivas para captación a noventa (90) días de los establecimientos bancarios, corporaciones financieras y, compañías de financiamiento comercial de acuerdo con lo establecido en el artículo 1° de la Resolución Externa número 17 de 1993 de la Junta Directiva del Banco de la República.

En caso de que sea eliminada la DTF, esta será reemplazada, para los efectos de cálculo de intereses, por la tasa promedio de captación a noventa (90) días de los establecimientos de crédito calculada...

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