Circular Externa 01 - 25 de Agosto de 2005 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43226257

Circular Externa 01

EmisorEstablecimientos Públicos - Instituto Nacional de Vivienda de Interés Social y Reforma Urbana
Número de Boletín46011

SEÑORES

ENTIDAD BANCARIA

CUENTAS DE AHORRO PROGRAMADO-Subsidios de VIS

Presente.

Asunto: Información Acuerdo General de Pagos mediante Terminación de Proyectos Autorización Movilizaciones recursos Subsidio Familiar de Vivienda

En mi condición de Gerente Liquidador del Inurbe en Liquidación, me permito informar los siguientes aspectos relacionados con autorizaciones para movilización de recursos de Subsidios Familiares de Vivienda de Interés Social depositados en cuentas de sus entidades:

  1. El Inurbe en Liquidación suscribió el día 25 de mayo de 2005 con la Compañía Seguros del Estado S. A. el "Acuerdo General de Pago de Siniestros con cargo a las Garantías de Seguro...", que incluye aquellos proyectos de vivienda que han sido incumplidos por algunos oferentes y que fueron afianzados por la mencionada aseguradora y en tal virtud, el Inurbe en Liquidación, en las órdenes de movilización de recursos, está instruyendo traslados de las CAP a una cuenta de encargo fiduciario abierta por Seguros del Estado S. A. para el efecto.

  2. De igual manera, y con la misma finalidad, el Inurbe en Liquidación suscribió, el pasado 17 de marzo de 2005, el "Acuerdo General de Pago para Indemnización Mediante Terminación de Proyectos" con la compañía Seguros Cóndor S. A., a favor de la que igualmente se están ordenando movilizaciones en proyectos amparados con pólizas expedidas por la mencionada aseguradora.

  3. Estos acuerdos, efectuados como una de las maneras permitidas por la legislación comercial (por remisión de la normatividad administrativa) para el pago de indemnizaciones por siniestros amparados mediante pólizas de seguros, tiene la virtualidad de subrogar en las aseguradoras la facultad de terminar los proyectos siniestrados en el lugar que para ese efecto tenían los oferentes de los mismos, por lo cual primeramente se informa a las entidades bancarias que para todos los efectos legales, ante el Inurbe en Liquidación y para efectos del desembolso de los recursos, las mencionadas compañías de seguros hacen las veces de los oferentes en los proyectos intervenidos.

  4. En el subsistema de financiación de la Vivienda de Interés Social, VIS, al Inurbe durante su vigencia le correspondía la administración de los recursos del Subsidio Familiar de Vivienda, definido como un instrumento financiero orientado directamente a la demanda y no a la oferta, para ponerla en condiciones de accesibilidad al mercado formal de vivienda.

  5. El Subsidio Familiar de Vivienda está...

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