Circular Externa 019 - 4 de Abril de 2006 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43235161

Circular Externa 019

EmisorMinisterio de Comercio, Industria y Turismo
Número de Boletín46231

Señores: Usuarios y funcionarios DIAN y Ministerio de Comercio, Industria y Turismo

Asunto: Resolución 998 de 2006 ¿Actualización nómina de bienes no producidos en la subregión¿ modifica Circular Externa número 046 de 2005

Para su conocimiento y aplicación, atentamente me permito informarles que la Secretaría General de la Comunidad Andina expidió la Resolución 998 del 14 de febrero de 2006, mediante la cual incluye en la Nómina de Bienes No Producidos en la Subregión Andina, los productos clasificados por las siguientes subpartidas arancelarias:

2710.11.95 Mezclas de n-olefinas.

2710.19.13 Mezclas de n-olefinas.

2710.19.32 Mezclas de n-olefinas.

4011.63.00 Neumáticos de los tipos utilizados en vehículos y máquinas para la construcción o mantenimiento industrial, de diámetro superior a 61 cm.

7307.93.00 Accesorios para soldar a tope.

7411.10.00 Tubos de cobre refinado.

8207.19.29 Las demás brocas.

8207.19.80 Los demás útiles.

8413.50.00 Las demás bombas volumétricas alternativas.

8417.20.00 Hornos de panadería, pastelería o galletería.

Unicamente: Hornos de túnel para panadería

8704.10.00 Volquetes automotores concebidos para utilizarlos fuera de la red de carreteras.

A su vez, en su artículo 2º excluye de la Nómina de Bienes No Producidos, los productos que se detallan a continuación:

2918.90.12 Sales del ácido 2,4-diclorofenoxiacético.

2918.90.20 Esteres del 2,4-D.

2931.00.32 Sales del Glyfosfato.

2933.39.12 Sales del Picloram.

4805.91.90 Los demás, de peso inferior o igual a 150...

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