Circular Externa 037 - 8 de Febrero de 2001 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43148457

Circular Externa 037

EmisorUnidades Administrativas Especiales - Contaduría General de la Nación
Número de Boletín44321

DIARIO OFICIAL 44.321 CIRCULAR EXTERNA 037 28/12/2000 Señores: Representantes legales, jefes de áreas financieras, jefes de control interno, jefes de contabilidad y contadores de los entes públicos del nivel territorial de los sectores central y descentralizado. Referencia: Instrucciones para el manejo contable, la agregación y/o consolidación de la información financiera, económica y social, de los órganos de control, corporaciones públicas y demás organismos del nivel territorial con autonomía administrativa y financiera pero sin identidad jurídica, en la administración central de la respectiva entidad territorial. Apreciados señores: Este Despacho, en cumplimiento de sus funciones legales y en particular las establecidas en los literales b) y c) del artículo 3º de la Ley 298 del 23 de julio de 1996, se permite impartir instrucciones para el adecuado acopio de la información de organismos sin identidad jurídica en el nivel territorial. 1. Justificación Teniendo en cuenta la normatividad expedida por la Contaduría General de la Nación relativa a la presentación de la información por parte de los entes públicos, en la cual se anota que los órganos de control, corporaciones públicas y demás organismos del nivel territorial con autonomía administrativa y financiera pero sin identidad jurídica, deben reportar su información contable a la administración central de la respectiva entidad territorial para ser objeto de agregación o consolidación, este despacho, como producto de la aplicación de la presente circular, describe la forma como debe efectuarse este proceso y el tratamiento contable a aplicar dependiendo de la organización contable en la entidad territorial. 2. Objetivos 2.1 General Establecer los criterios para el manejo contable y el proceso de agregación y/o consolidación de la información financiera, económica y social de los órganos de control, corporaciones públicas y demás organismos con autonomía administrativa y financiera, pero sin identidad jurídica, con la de la respectiva entidad territorial. 2.2 Específicos ¿ Determinar de acuerdo con la estructura y organización de la entidad territorial el manejo de las operaciones contables de los órganos de control, corporaciones públicas y demás organismos sin identidad jurídica. ¿ Establecer el proceso de agregación y/o consolidación contable de la información de los órganos de control, corporaciones públicas y demás organismos sin identidad jurídica, con la de la respectiva entidad territorial. ¿ Indicar la obligación que tienen estos organismos de enviar su información contable a la respectiva entidad territorial, con la oportunidad y cumpliendo los requisitos establecidos por la C.G.N. 3. Ambito de aplicación El presente instructivo será aplicado por las entidades territoriales y los órganos de control, corporaciones públicas y demás organismos sin identidad jurídica que se encuentren comprendidos...

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