Circular Externa 07 - 4 de Abril de 2002 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43174080

Circular Externa 07

EmisorSuperintendencias - Superintendencia de Industria y Comercio
Número de Boletín44758

Para: Operadores de los servicios de telefonía móvil celular y telefonía pública básica conmutada.

Asunto: Aclaración Circular Unica.

En el artículo 40 del Decreto 1130 de 1999 se dispone que corresponde a la Superintendencia de Industria y Comercio proteger los derechos de los usuarios, suscriptores y consumidores de servicios no domiciliarios de telecomunicaciones. Para tal efecto la Superintendencia cuenta, en adición a las propias, con las facultades previstas para la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios.

En la Resolución 087 de 1997 la Comisión de Regulación de Telecomunicaciones estableció normas sobre protección a los usuarios de servicios no domiciliarios de telecomunicaciones.

Además en el numeral 21 del artículo del Decreto 2153 de 1992, se faculta a la Superintendencia de Industria y Comercio para instruir a los destinatarios de las normas relativas a la protección del consumidor, sobre la manera como deben cumplirse esas normas, para fijar los criterios que faciliten su cumplimiento y señalar procedimientos para su cabal aplicación.

Teniendo en cuenta lo anterior, se decide:

Primero...

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