Circular Externa 091 - 8 de Septiembre de 1999 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43292563

Circular Externa 091

EmisorSuperintendencias - Superintendencia Nacional de Salud
Número de Boletín43695

DIARIO OFICIAL 43.695 CIRCULAR EXTERNA 091 03/09/1999 Circular externa número 091 de 1999. Para: Representantes Legales, Juntas Directivas, Contadores, Revisores Fiscales de las Administradoras de los recursos del régimen subsidiado (empresas solidarias de salud y cajas de compensación familiar con programa de A.R.S.). De: Superintendente Nacional de Salud Asunto: Instrucciones para cumplimiento de funciones La Superintendente Nacional de Salud en ejercicio de la facultad de ¿instruir a las entidades vigiladas sobre la manera como deben cumplirse las disposiciones que regulan su actividad en cuanto sujetos vigilados, fijar los criterios técnicos y jurídicos que faciliten el cumplimiento de las normas que le compete aplicar y señalar los procedimientos para su cabal aplicación¿ (Numeral 6° Artículo 7° Decreto 1259/94), conforme a las facultades conferidas en el Decreto 2357 de 1995 y con el fin de orientar y controlar el cumplimiento de las obligaciones dentro del Régimen Subsidiado del Sistema General de Seguridad Social en Salud, se permite impartir instrucciones a las Empresas Solidarias de Salud y Cajas de Compensación Familiar como Administradoras del Régimen Subsidiado. 1. Responsabilidades de las Administradoras de Régimen Subsidiado (Empresas Solidarias de Salud -E.S.S- y Cajas de Compensación, Familiar -C.C.F.-) Pueden administrar subsidios en salud, las Empresas Solidarias de Salud y las Cajas de Compensación Familiar, que al tenor de las normas señaladas en el Decreto 2357 de 1995, Circular Externa 089 del 25 de junio de 1999 emanada de la Superintendencia Nacional de Salud y demás normas vigentes acrediten los requisitos y sean aprobadas como administradoras de los recursos del régimen subsidiado por la Superintendencia Nacional de Salud. Las Empresas Solidarias de Salud -E.S.S- y las Cajas de Compensación Familiar -C.C.F.- con Programa de A.R.S. deben cumplir en forma directa con las responsabilidades y funciones señaladas en el Decreto 2357 de 1995, Circular Externa 004MS - 056SNS de 1998, los Acuerdos 72 y 77 del Consejo Nacional de Seguridad Social en Salud y demás normas que regulen la materia, así como las que las modifiquen, adicionen o revoquen. 2. Prestación de Servicios de Salud Son funciones de las Administradoras de los Recursos del Régimen Subsidiado, conforme lo señala el literal g artículo 10 del Decreto 2357 de 1995, ¿Garantizar a los beneficiarios del régimen subsidiado, directamente o a través de contratación...

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