Circular Externa 11 - 12 de Mayo de 2001 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43156153

Circular Externa 11

EmisorMinisterio de Comercio Exterior
Número de Boletín44419

DIARIO OFICIAL 44.419 CIRCULAR EXTERNA 11 30/04/2001 Señores: Ministerio de Comercio Exterior y Exportadores de Cuero. Asunto: Procedimiento para el control de las medidas transitorias sobre las exportaciones de cueros ¿Decreto 636 del 16 de abril de 2001¿. De conformidad con lo dispuesto en el Decreto 636 del 16 de abril de 2001, la Dirección General de Comercio Exterior fija el siguiente procedimiento para las exportaciones de cuero de las subpartidas arancelarias 41.01.10.00.00, 41.01.21.00.00, 41.01.29.00.00, 41.01.30.00.00 y 41.04.22.00.00. Subpartidas 41.01.10.00.00, 41.01.21.00.00, 41.01.29.00.00, 41.01.30.00.00. Las empresas o personas naturales que al 16 de abril de 2001 tuviesen compromisos de exportación adquiridos a través de los programas de Plan Vallejo, deben solicitar a la Subdirección de Instrumentos de Promoción, Dirección General de Comercio Exterior, certificación de los compromisos de exportación vigentes, señalando la aduana por la cual saldrá la mercancía, y presentarla ante dicha aduana como anexo al Documento de Exportación ¿DEX¿. Subpartida 41.04.22.00.00. Se pueden presentar los siguientes cuatro casos: 1. Las empresas o personas naturales que al 30 de abril de 2001 tuviesen compromisos de exportación adquiridos a través de los programas de Plan Vallejo, deben solicitar a la Subdirección de Instrumentos de Promoción de la Dirección General de Comercio Exterior, la certificación respectiva para cada embarque, señalando la aduana por la cual saldrá la mercancía y presentarla ante dicha aduana como anexo al Documento de Exportación ¿DEX¿. 2. Aquellas empresas o personas naturales que al 30 de abril de 2001 tuviesen créditos vigentes con Bancoldex, deberán solicitar a esa entidad certificación de este hecho, señalando la aduana por la cual saldrá la mercancía, y presentarla ante dicha aduana como anexo al Documento de Exportación ¿DEX¿. 3. Quienes tengan contratos de exportación celebrados con anterioridad al 30 de junio de 2000 y estén en capacidad de demostrar exportaciones efectivas realizadas con anterioridad a esta fecha y con cargo a dichos contratos, deberán hacer llegar...

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