Circular 17 de Superintendencia Financiera, de 30 de Marzo de 2007 - Normativa - VLEX 402436993

Circular 17 de Superintendencia Financiera, de 30 de Marzo de 2007

Apreciados señores:

Como es de conocimiento general, el Gobierno Nacional expidió los Decretos 4432 de 2006, 343 de 2007 y 669 de 2007, a través de los cuales se reglamentaron y unificaron las disposiciones relacionadas con las operaciones de reporto o repo (repo), simultáneas y de transferencia temporal de valores.

Por consiguiente, la Superintendencia Financiera de Colombia en uso de sus facultades legales y reglamentarias, en especial de las previstas en el literal a) del numeral 3º del artículo 326 del Estatuto Orgánico del Sistema Financiero, en el artículo 100 de la Ley 100 de 1993, en el literal a) del artículo de la Ley 964 de 2005, en el numeral 9º del artículo 11 del Decreto 4327 de 2005 y en el artículo 7º del Decreto 4432 de 2006, considera necesario realizar cambios a la Circular Externa 07 de 1996 (Circular Básica Jurídica), mediante las siguientes instrucciones:

Primera. Modificar el Capítulo IV del Título IV. Contentivo del régimen de inversiones de los fondos de pensiones obligatorias para que las sociedades quienes los administran también puedan realizar operaciones simultáneas y de transferencia temporal de valores a nombre de éstos. También se establecen los límites generales e individuales aplicables a cada una de éstas operaciones.

Segunda. Ajustar el numeral 8 del Capítulo IV del Título IV a lo establecido por el Gobierno Nacional en el artículo 1 del Decreto 668 de 2007.

Tercera. Adicionar un numeral 3º al Capítulo VIII del Título I en el cual se establecen, de una parte, los parámetros básicos para la realización de las mencionadas operaciones, cuando estas se realizan tanto en sistemas de negociación de valores como por fuera de éstos y de otra parte, se determinan algunas prácticas inseguras y no autorizadas relacionadas con las operaciones repo, simultáneas y de transferencia temporal de valores.

Cuarta. Cambiar algunos apartes del Título V, para incluir en los mismos a las operaciones simultáneas y de transferencia temporal de valores, cuando ello sea apropiado. Concretamente, se realizan modificaciones al numeral 5.4 del Capítulo Primero, al numeral 10.5 del instructivo “fondos de inversión” y a los numerales 1.1. y 1.2. del Capítulo Tercero.

Quinta. Ajustar el instructivo correspondiente al formato 308 (Proforma F.3000-67) Declaración del control de ley margen de solvencia – Sociedades de capitalización el cual corresponde al anexo 48 del Título VI de la Circular Básica Jurídica.

Sexta...

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