Circular externa número 00000060 de 2015 - 24 de Diciembre de 2015 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 590958602

Circular externa número 00000060 de 2015

EmisorMinisterio de Salud y Protección Social
Número de Boletín49736

PARA: USUARIOS DEL SISTEMA GENERAL DE SEGURIDAD SOCIAL EN

SALUD, ASOCIACIONES DE USUARIOS DEL SECTOR SALUD Y

DE PACIENTES, VEEDURÍAS CIUDADANAS, COPACOS, COMUNIDAD MÉDICA, Y DEMÁS ACTORES DEL SISTEMA.

ASUNTO: DESARROLLO DE LA ESTRATEGIA DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA. Artículo 15 de la Ley 1751 de 2015 y artículo 2º de la Ley 1757 de 2015.

FECHA: 21 de diciembre de 2015.

Este Ministerio, en ejercicio de sus competencias y de conformidad con lo previsto en los artículos 136 y 139 de la ley 1438 de 2011, artículo 12 de la Ley 1751 del 2015 y en el marco de los mecanismos previstos en la Ley 1757 de 2015, continúa desarrollando la estrategia de participación ciudadana directa y efectiva de los usuarios, pacientes, comunidad médica y científica y actores del Sistema General de Seguridad Social en Salud (SGSSS), a través de la Dirección de Regulación Beneficios, Costos y Tarifas del Aseguramiento en Salud.

Los aspectos generales y comunes y los lineamientos de la participación ciudadana que a continuación se describen, se fundamentan en el principio de corresponsabilidad social que permite y articula el ejercicio de los deberes y derechos entre la ciudadanía y el Estado y observa igualmente el principio de institucionalización, dado que proviene del Ministerio de Salud y Protección Social, mediante el diseño de líneas de acción y mecanismos a través de los cuales se promoverá la participación ciudadana.

En este contexto, se convoca a todos los ciudadanos para que interactúen y participen a través de los diferentes mecanismos colectivos, individuales y líneas de acción, con el fin de incidir en la toma decisiones que nos afectan e interesan, en particular en las que hacen referencia a las inclusiones o exclusiones de servicios y tecnologías, en los procesos de definición de prioridades en salud; y en el procedimiento o mecanismo técnico-científico de carácter público, colectivo, participativo y transparente, de que tratan los artículos 12 y 15 de la Ley 1751 del 2015.

  1. Objetivos

    Es propósito de la estrategia de participación ciudadana promover la participación directa y efectiva de los usuarios, de la comunidad médica y científica y de los diferentes actores del Sistema de Salud, considerados individualmente o en forma colectiva, en el proceso de toma de decisión relacionado con la ampliación progresiva y exclusiones de que trata el artículo 15 de la Ley 1751 de 2015.

    1.1. Objetivos Específicos

    1. Desarrollar espacios virtuales o presenciales para el análisis, consulta de opinión, la indagación de preferencias y percepciones de los pacientes, usuarios, la comunidad médica y científica y demás actores del sistema de salud, según el caso, acerca de las metodologías y en general de los aspectos que contribuyan en la toma de decisiones.

    2. Dar a conocer los resultados de la aplicación de las metodologías y los resultados de los diferentes procesos de participación ciudadana.

    3. Contar con la base de datos de usuarios que permitan realizar las convocatorias respectivas.

  2. Alcance y aspectos comunes

    2.1. Aportes de los actores. Los aportes de los usuarios, pacientes, de la comunidad médica y científica, y demás actores del Sistema General de Seguridad Social en Salud (SGSSS), realizados en las diferentes convocatorias, tendrán un alcance consultivo o informativo, por lo que se constituirán en insumos sin carácter vinculante, pero sí orientador, para la toma de decisiones por parte del Ministerio de Salud y Protección Social, conforme a lo que más convenga al interés general.

    2.2. Del registro en la base de datos para participar en las convocatorias. Para participar en las convocatorias, es condición necesaria realizar el registro en la base de datos de la Dirección de Regulación de Beneficios, Costos y Tarifas del Aseguramiento en Salud, del Misterio de Salud y Protección Social; por lo anterior, los interesados deben prioritariamente inscribirse a través del formulario virtual o enviar por correo electrónico o en forma física los documentos e información que se solicitan a continuación:

    1. Nombre de la asociación, agremiación o federación de usuarios, de pacientes, veedurías ciudadanas, COPACOS, sociedad, asociación o agremiación de especialistas, de médicos o de los profesionales de la salud, o de las organizaciones, agremiaciones, EPS, IPS o empresas que deseen participar.

    2. Nombre del representante legal e identificación.

    3. Número del NIT, o registro formal, el que deberá concordar con la copia magnética o física de la constitución de la asociación y con el certificado de representación legal o documento que haga sus veces.

    4. Certificación de representación legal de la organización, agremiación o asociación, según corresponda.

    5. Copia magnética o física de la constitución de la asociación, organización, sociedad, agremiación o empresa.

    6. En el caso de las asociaciones de pacientes, certificación de la representación de la organización dentro de la patología correspondiente, indicando su representatividad.

    7. Correo electrónico de la asociación, sociedad, organización, agremiación o empresa. A este correo se enviará la invitación o convocatoria y la documentación...

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